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Rol
Fecha
9 de junio de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: En cuanto al incidente deducido por la parte apelante en audiencia: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando que la delegación de poder cumple con sus requisitos formales y teniendo presente que fue ingresado en causa rol Civil-423-2022, con la cual la presente tiene una vista conjunta decretada y que por lo demás ambas comparten el mismo rol en primera instancia, se rechaza la incidencia promovida por el abogado de la parte apelante y se dispone que se escucharán los alegatos de la abogada representante de la parte apelada y demandante. En cuanto al fondo: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivación tercera, que se elimina y se tiene en su lugar, y además presente: 1°.- Que, en estos autos, en procedimiento ejecutivo, la parte demandada dedujo recurso de apelación en contra de la sentencia interlocutoria de fecha dieciséis de febrero de dos mil veintidós, en cuanto rechazó el incidente de abandono del procedimiento. 2°.- Que, la institución jurídica del abandono del procedimiento constituye una sanción para la inactividad de las partes en un proceso judicial, la que sólo puede hacerse efectiva mediante solicitud del demandado. Sus exigencias básicas consisten en que todas las partes que figuran en el juicio hayan cesado en su prosecución y, además, que la falta de actividad se prolongue durante el lapso indicado por los artículos 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. 3°.- Que, consta en estos autos que recibida la causa a prueba con fecha 11 de noviembre de 2020, dicha resolución fue notificada a la parte demandada con fecha 15 de diciembre de 2020 y la parte demandante se le tuvo por notificada con fecha 12 de octubre de 2021. El 1 de febrero de 2022, solicita la demandada el abandono del procedimiento por haber transcurrido más de 6 meses desde la última gestión útil. Indica que la última gestión útil corresponde a la resolución que recibió la causa a prueba con fecha 11 de noviembre de
Fundamentos
motivos plausibles para litigar, no se le condenará en costas. Y visto, además, lo establecido en los artículos 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de fecha dieciséis de febrero de dos mil veintidós, escrita en el cuaderno de incidente de abandono del procedimiento, y en su lugar,
Fallo
se declara que se acoge la incidencia deducida por la parte ejecutada y se declara el procedimiento incoado en el presente ingreso abandonado. Devuélvase. Rol N° Civil-600-2022 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de junio de dos mil veintidós. Al escrito folio 21: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: En cuanto al incidente deducido por la parte apelante en audiencia: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando que la delegación de poder cumple con sus requisitos formales y teniendo presente que fue ingresado en causa rol Civil-423-2022, con la cual la presente ti
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