JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN ANTONIO

DOUGLAS SAAVEDRA /ANGEL CARVAJAL

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, incorporando la palabra “prudencialmente” a continuación del vocablo “regular” del motivo Sexto. Y se tiene en su lugar y además presente: Que teniendo en consideración que la prueba rendida en autos no resulta idónea para establecer la desvalorización que habría experimentado el vehículo del demandante como consecuencia del accidente, toda vez que no se tiene conocimiento de cuál es su tasación y el porcentaje que representan los daños sufridos, contando solo con la avaluación que realiza el actor, la que no es refrendada por otro elemento de convicción, se rechazará la demanda por este rubro. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 14, 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia apelada de trece de enero de dos mil veintiuno de fojas 96, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de San Antonio, en causa Rol NºC-5474-2019, solo en cuanto, se declara que se rechaza la indemnización por concepto de desvalorización. Se confirma en lo demás la sentencia apelada. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-93-2022. En Valparaíso, nueve de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 14, 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia apelada de trece de enero de dos mil veintiuno de fojas 96, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de San Antonio, en causa Rol NºC-5474-2019, solo en cuanto, se declara que se rechaza la indemnización por concepto de desvalorización. Se confirma en lo demás la sentencia apelada. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-93-2022. En Valparaíso, nueve de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de junio de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, incorporando la palabra “prudencialmente” a continuación del vocablo “regular” del motivo Sexto. Y se tiene en su lugar y además presente: Que teniendo en consideración que la prueba rendida en autos no resulta idónea para establecer la desvalorización que habría experimentado el

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