MOLERO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, se deduce recurso de protección en favor de Maritza del Carmen Molero Faría, venezolana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó el 8 de abril de 2019, afectando su derecho de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que se pronuncie sobre la mencionada petición, con costas. Que, el Servicio Nacional de Migraciones informa que con fecha 9 de enero de 2022, mediante Resolución Exenta N° 22057598 se aprobó el avance del procedimiento a la etapa de “análisis resolutivo”, por lo que no existe actuar contrario a derecho. Que, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes, se concluye que la recurrida no hada dado respuesta a la solicitud de visa de permanencia definitiva iniciada el 8 de abril de 2019, conducta que supone una dilación excesiva en el procedimiento y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Maritza del Carmen Molero Faría, solo en cuanto se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que deberá pronunciarse sobre la solicitud presentada por la recurrente, dentro del término de 30 días hábiles. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-74820-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Que, se deduce recurso de protección en favor de Maritza del Carmen Molero Faría, venezolana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó el 8 de abril de 2019, afectando su derecho de igualdad ante la ley. S
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