SIN INFORMACION

POZO/PDI CHILE

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Mauricio Enrique Pozo Vivallo, Subcomisario de la Policía de Investigaciones de Chile, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de Personas de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto administrativo emanado del Prefecto Inspector Erwin Clerc Gavilán, Jefe de Administración y Gestión de Personas de la mencionada institución, que ordenó su destinación desde la ciudad de Arica a la Brigada de Investigación Criminal Los Vilos, Región de Coquimbo. Expone que el recurrido dictó, en virtud de potestades delegadas de la máxima autoridad de la Policía de Investigaciones, la Resolución Exenta RA N° 380/2195/2021 de 15 de diciembre de 2021 que lo destinó a cumplir funciones en la Brigada de Investigación Criminal de Los Vilos a contar del 3 de enero de 2022, notificándolo el 16 de diciembre de 2021 a través de su hoja de vida. Añade que, en las condiciones que indica, fue destinado transgrediéndose, a su juicio, la Constitución Política de la República, específicamente su artículo 19, numerales 1° y 2°, esto es, el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona y el derecho a la igualdad ante la ley. Arguye que el acto impugnado adolece de múltiples vicios, tales como desviación de poder, desviación de procedimiento, falta de motivación y fundamentación; vulneración a normas del “Reglamento de Destinaciones de la Policía de Investigaciones”; afectación a la familia del recurrente compuesta por su cónyuge y tres hijos en edad escolar; y, afectación a su integridad psíquica. Los reparos que vierte contra la decisión que impugna obedecen, en lo fundamental, a que su único fundamento es resolver a su respecto un procedimiento concursal de destinaciones originado en el Radiograma N° 519 de 25 de noviembre de 2021 de la Jefatura Nacional de Personas, en el que nunca participó y que no es congruente con el procedimiento previo conc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido Mauricio Enrique Pozo Vivallo, en contra de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de Personas de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. Redacción del ministro suplente señor Carvajal Schnettler. No firma el Abogado Integrante señor Jequier, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por ausencia. N° Protección-316-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, nueve de junio de dos mil veintidós. Al folio 32: atendido que no se encuentra previsto en el procedimiento aplicable la formación del registro que indica, del que, en consecuencia no se dispone, no ha lugar. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Mauricio Enrique Pozo Vivallo, Subcomisario de la Policía de Investigaciones de Chile, e interpone acción con

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