JACKSON CHACON SILVA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, quien deduce recurso de protección en favor de don Jackson Jesús Chacón Silva, nacional de Venezuela, domiciliado en Avenida Santa Rosa N°2648, comuna de San Joaquín, Santiago, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, legalmente representado por su director don Luis Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N° 580, piso sexto, comuna de Santiago, con motivo de la falta de pronunciamiento respecto de su visa de permanencia definitiva. Indica que el 18 de agosto de 2019, su representado presentó una solicitud de visa de permanencia definitiva, reclamando que a la fecha de interposición del recurso, no ha recibido respuesta de la autoridad migratoria en el sentido de conceder o denegarla. Estima que la entidad recurrida ha afectado el principio de igualdad consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República respecto del recurrente, al haber inobservado los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad que informan a los actos de la Administración, establecidos en la Ley N°19.880; como, asimismo, el plazo de 6 meses establecido en el artículo 27 del mismo cuerpo legal para la tramitación del procedimiento, deviniendo la omisión de pronunciamiento en ilegal. Pide se acoja el presente recurso, ordenando a la recurrida emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda dentro de quinto día hábil contado desde la notificación de esta sentencia, o en subsidio, en el plazo que esta Corte ordene, con expresa condenación en costas. Segundo: Que comparecen los abogados Antonio Henríquez Beltrán y Francisco Alarcón Calderón, en representación de la recurrida, informando al tenor del recurso y solicitando su rechazo. Indican que es efectivo que el recurrente solicitó la visa de permanencia definitiva el 18 de agosto de 2019. Agregan que actualmente, según Resolución Exenta N°21250060 de 6 de diciembre de 2021, ésta se encuentra en etapa d
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección interpuesto en favor de don Jackson Jesús Chacón Silva, sólo en cuanto se dispone que la recurrida deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que el presente fallo quede ejecutoriado. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. N°11908 – 2022 Protección Pronunciado por la Primera Sala integrada por los ministros señor Patricio Martínez Benavides, señor Marcelo Ovalle Bazán (I) y el abogado integrante señor Ignacio Castillo Val.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, a ocho de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, quien deduce recurso de protección en favor de don Jackson Jesús Chacón Silva, nacional de Venezuela, domiciliado en Avenida Santa Rosa N°2648, comuna de San Joaquín, Santiago, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, legalmente representado por su di
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