ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA/
Rol
Fecha
8 de junio de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo tercero. Y teniendo, además, presente: Primero: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8° inciso final del D.L. 3.607, si durante el transcurso del proceso el denunciado acreditare haber dado cumplimiento, en cualquier tiempo, al hecho cuya omisión constituye la infracción que motivó la denuncia, el juez podrá dictar sentencia absolutoria. Segundo: Que, la denunciada Alianza Seguridad Ltda., ha demostrado, con la documental acompañada en el folio 15, que dio cumplimiento a la normativa infringida, por cuanto mediante Resolución N° 10 de fecha 19 de enero de 2022, la Prefectura San Antonio de Carabineros de Chile autorizó la Directiva de Funcionamiento presentada por Alianza Seguridad Ltda., respecto de la instalación Supermercado Líder, ubicado en avenida Barros Luco N° 2970, comuna de San Antonio, esto es, con posterioridad a la sentencia de primer grado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno, escrita de fojas 12 a 14 y en su lugar se decide que se absuelve a Alianza Seguridad Ltda., representada por Hugo Ibaceta Cerda, del requerimiento de fojas 1. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, en su oportunidad. N° Policía Local-17-2022.
Fallo
se decide que se absuelve a Alianza Seguridad Ltda., representada por Hugo Ibaceta Cerda, del requerimiento de fojas 1. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, en su oportunidad. N° Policía Local-17-2022.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, ocho de junio de dos mil veintidós. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo tercero. Y teniendo, además, presente: Primero: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8° inciso final del D.L. 3.607, si durante el transcurso del proceso el denunciado acreditare haber dado cumplimiento, en cualquier tiempo, al hecho cuya omisión
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