SIN INFORMACION

REYES COÑIO NASLO MICHEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

7 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Gabriel Marilao Tobar, en favor de Naslo Michel Reyes Coñío, actualmente recluido en el Centro Penal Colina 2, quien interpone acción de amparo en contra de Gendarmería de Chile por la decisión arbitraria de no conceder el beneficio de libertad condicional, a pesar de cumplir con todos los requisitos establecidos en el DL N°321, lo que lesiona su derecho de libertad personal, consagrado en la Constitución Política de la República. Refiere que el amparado se encuentra terminando su enseñanza media y participa en diversos talleres de trabajo en dependencias habilitadas para dicho efecto y en actividades deportivas, demostrando de manera fehaciente su corrección y rehabilitación para la vida social, razón por la que solicita se acoja el presente arbitrio y se ordene la concesión del beneficio de libertad condicional en favor del amparado. SEGUNDO: Que, si bien la acción constitucional se dirigió en contra de Gendarmería de Chile, conforme al acto que se estima ilegal y arbitrario por la recurrente, el órgano encargado y facultado de dirimir acerca del otorgamiento del beneficio solicitado es la Comisión de Libertad Condicional, por lo que requerido informe a dicha entidad, lo evacúa el Presidente de la antedicha Comisión, Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, quien refiere que, por resolución de 14 de abril pasado, se resolvió, por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado, cuyo fundamento fue que “se advierte que presenta un alto compromiso delictual y, de la lectura del informe incorporado el cual refiere que: Interno presenta riesgo de reincidencia en rango alto. Delinque desde temprana edad, con fuerte vinculación criminógena, con pares altamente contraculturales, de quienes asume y valida actos delictuales, con alta trayectoria delictual en su historia de vida. En la actualidad, se encuentra en el estadio de disposición al cambio de contemplación, asumiendo su

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo y artículos 2° N° 3 del D.L. N° 321 de 1925 y 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Naslo Michel Reyes Coñío, contra Gendarmería de Chile (Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago) Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Gray, quien estuvo por acoger el presente arbitrio, por estimar que, conforme al Formulario Consolidado de Postulación emitido por Gendarmería de Chile, se manifiesta que el amparado cumple la condena de 5 años y un día, el próximo 8 de diciembre del año en curso, razón por lo cual no se vislumbra justificación de prolongar un plan de intervención que colabore con su reinserción social, atendido el poco tiempo que le resta de condena. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-1886-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino y el ministro señor Tomás Gray Gariazzo. En Santiago, siete de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de junio de dos mil veintidós. Al folio 6, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Gabriel Marilao Tobar, en favor de Naslo Michel Reyes Coñío, actualmente recluido en el Centro Penal Colina 2, quien interpone acción de amparo en contra de Gendarmería de Chile por la decisión arbitraria de no conceder el beneficio de liber

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica