SIN INFORMACION

SILVA/ESPINOZA

Rol

Fecha

7 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparecen doña Daniela Covarrubias Venegas; doña Paulina Aburto Scavo; doña Nidia Asencio Serón; y don Cristian Silva Montecinos, todos abogados del Programa de Representación y Defensa Jurídica Especializada “Mi Abogado”, de la Región de Los Ríos, quienes recurren de protección en favor de los niños de iniciales Y.A.S.D.; F. J. L. L.; M.O.O.Q.; I.P.E.I.; B.J.E.I; A.D.Q.M.; y J.V.C.F, todos domiciliados en Guacamayo Nº 340, Valdivia, en contra de la Directora Regional de Los Ríos del Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, doña Esmeralda Espinoza Castro, ambos domiciliados en Arauco Nº 540, sexto piso, Valdivia, en atención a que el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida vulnera las garantías constitucionales de los niños en favor de los que se acciona, previstas en el artículo 19 N° 1 y 2 de la Carta Fundamental. Fundan su recurso en que los niños se encuentran con medidas de protección decretadas en causas RIT X-190-2017 del Juzgado de Letras y Familia de Los Lagos; RIT X-30-2018 del Juzgado de Letras y Garantía de La Unión; RIT X-31-2016 del Juzgado de Familia de Valdivia; RIT X-18-2021 del Juzgado de Familia de Valdivia; y RIT X-10-2014 del Juzgado de Letras de Mariquina, respectivamente, en las que se decretó el cuidado alternativo en modalidad residencial. Señalan que debido al cierre de la residencia Sonrisa de Niños, 13 niños serán trasladados a la residencia “RVT PRE PPE-Llacolén” a cargo de la Fundación Niño y Patria, ubicado en Valdivia. Indican que los 7 niños a favor de los que se recurre, ya fueron residentes del “Hogar Valdivia”, ubicado en el mismo lugar y administrado por idéntico organismo colaborador. Refieren que en dicho lugar los niños fueron víctimas y testigos de graves vulneraciones de derechos en la esfera de la sexualidad. Añaden que los hechos fueron develados por los propios niños una vez que se encontraron en un nuevo espacio residencial y actualmente se encuentran en conocimiento del Ministerio Pú

Fundamentos

considerando la situación actual de cada uno de ellos. Indica que se comunicó a los tribunales la propuesta o recomendación de modificación de la medida, advertida como la más idónea técnicamente de acuerdo a las necesidades de cada niño, sin haber realizado traslados en ausencia de una resolución del tribunal competente, pues son estos quienes en definitiva adoptan tal decisión. Afirma que los recurrente pretenden por esta vía impugnar las resoluciones adoptadas en causas RIT X-190-2017 del Juzgado de Letras de Los Lagos; RIT X-30-2018 del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de La Unión; RIT X-10-2014 del Juzgado de Letras de Mariquina; y RIT:X-31-2016 y X-18-2021, ambas del Juzgado de Familia de Valdivia, en circunstancias que el ordenamiento ha previsto los recursos procesales para tal fin. Estiman que no se recurre en contra de una acción del servicio, puesto que el traslado es una decisión del juez competente. Sostiene que el niño de iniciales F.J.L.L. se encuentra desde el 16 de abril de 2022 en acercamiento familiar con adulto significativo, ingresando ambos al programa FAE PRO Valdivia y disponiéndose su egreso de la Residencia Sonrisa de Niños el 10 de mayo de 2022. En cuanto al niño de iniciales M.O.O.Q. se dispuso su ingreso a la Residencia Llacolén el 22 de abril de 2022, estando preparados los profesionales para trabajar psicoterápicamente con él, habida cuenta que el adolecente que lo agredió ya no se encuentra en el sistema residencial. A su turno, el niño de iniciales I.P.E.I. fue ingresado a la Residencia Llacolén el 27 de abril de 2022, mientras que el niño de iniciales B.J.E.I. fue ingresado el 28 de abril de 2022, precisando que éste fue víctima de hechos que acontecieron en la Residencia Sonrisa de Niños, sin que exista vinculación con el profesional sindicado como responsable en la residencia de destino. Por su parte el niño de iniciales A.D.Q.M. fue trasladado a la Residencia “REM PER – Residencia Ahora” de Mafil el 19 de abril de 2022, mientras que los antecedentes relacionados con el niño de iniciales Y.A.S.D. fueron remitidos al Juzgado de Familia de Valdivia por existir causa de susceptibilidad de adopción en tramitación. Finalmente el niño de iniciales J.V.C.F. fue ingresado el 27 abril de 2022 a la Residencia Llacolén. Refiere que los nuevos proyectos “RVT PRE PPE – Llacolen”, son el resultado de un proceso de asignación directa con el colaborador acreditado Fundación Niño y Patria, cuyo convenio entró en vigencia el 21 de febrero de 2022. Añade que si bien se emplaza en las mismas dependencias donde antes funcionaron los proyectos “REM PER – Hogar Valdivia”, corresponde a una modalidad de atención completamente distinta. Indica que los proyectos de residencia de vida familiar para adolescencia temprana (RVT) con programas especializado adosado (PRE/PPE), tienen por objetivo contribuir a la restitución del derecho a vivir en familia y a la reparación de las experiencias de vulneración de niños y niñas en adolesce

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, la acción de protección interpuesta por doña Daniela Covarrubias Venegas; doña Paulina Aburto Scavo; doña Nidia Asencio Serón; y don Cristian Silva Montecinos, todos abogados del Programa de Representación y Defensa Jurídica Especializada “Mi Abogado”, de la Región de Los Ríos, en favor de los niños de iniciales Y.A.S.D.; F. J. L. L.; M.O.O.Q.; I.P.E.I.; B.J.E.I; A.D.Q.M.; y J.V.C.F, en contra de la Directora Regional de Los Ríos del Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, doña Esmeralda Espinoza Castro. Sin perjuicio de lo resuelto, remítase copia de los antecedentes a la Mesa Interinstitucional de Familia; Juzgado de Letras de Los Lagos; Juzgado de Letras y Garantía de La Unión; Juzgado de Letras de Mariquina; Juzgado de Familia de Valdivia; Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y Ministerio de Desarrollo Social y Familia, para los fines a los que haya lugar. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1391-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de junio de dos mil veintidós. Vistos: Comparecen doña Daniela Covarrubias Venegas; doña Paulina Aburto Scavo; doña Nidia Asencio Serón; y don Cristian Silva Montecinos, todos abogados del Programa de Representación y Defensa Jurídica Especializada “Mi Abogado”, de la Región de Los Ríos, quienes recurren de protección en favor de los niños de iniciales Y.A.S.D.; F

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