SILVA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
7 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en favor de Yanelis Carolina Silva Martínez, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una omisión ilegal y arbitraria al no pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 11 de marzo de 2020, lo que vulnera su garantía fundamental del artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la Republica, en relación a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Afirma que en la fecha indicada, solicitó el beneficio de permanencia definitiva, a la que le fue asignado el Nº3356779. El 14 de abril de 2021, recibió notificación de pago de los derechos correspondientes a la solicitud de visa, lo cual realizó el 3 de mayo del mismo año, estando dentro del plazo correspondiente. Sin embargo, pese al tiempo transcurrido no ha recibido comunicación alguna de la recurrida. Esgrime que dicha omisión es ilegal y/o arbitraria pues el excesivo tiempo en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva, infringe los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, especialmente el principio de celeridad, de impulso de oficio y economía procedimental, ya que los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión, respondiendo con la máxima economía de medios con eficacia, evitando trámites dilatorios. Previas citas legales, solicita se ordene a la recurrida, que se pronuncie sobre la solicitud de permanencia, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. 2°) Que la recurrida evacuó informe señalando que efectivamente el 11 de marzo de 2020, la recurrente solicitó permiso de permanencia definitiva.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de protección interpuesto por Yanelis Carolina Silva Martínez, disponiéndose que la recurrida deberá continuar la tramitación de la solicitud de la recurrente, y la resuelva en el plazo de sesenta días desde la ejecutoria de esta sentencia, conforme la normativa vigente al momento de la petición o aquella posterior según le sea más favorable a los recurrentes. Regístrese y comuníquese. N°Protección-39973-2021. En Santiago, siete de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en favor de Yanelis Carolina Silva Martínez, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una omisión ilegal y arbitraria al no pronunciarse sobre
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