JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ JHONDRE JESUS BLANCO GUILLEN

Rol

Fecha

7 de junio de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de mayo del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados JHONDRE JESUS BLANCO GUILLEN y JOSÉ DAVID MORENO ÁLVAREZ, inserta en la carpeta virtual Rit O-2573-2022 del Juzgado de Garantía de Curicó. Se previene que el Ministro Suplente don Álvaro Saavedra Sepúlveda, concurre a la confirmatoria de la resolución en alzada, teniendo en consideración, además, lo dispuesto en los artículos 1, 8, 14 y 47 del Código Civil. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-640-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, siete de junio de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de mayo del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de pri

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