INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS C/ N N N
Rol
Fecha
7 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: El mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 257 del Código Procesal Penal, se constata la existencia de diligencias de investigación previamente solicitadas al persecutor y que no han sido ordenadas, se revoca la resolución apelada de dieciséis de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, y en su lugar, se declara que se hace lugar a la reapertura de la investigación, a fin que el Ministerio Público practique las siguientes diligencias: 1. Requerir a Carabineros de Chile toda la información que diga relación con los funcionarios públicos que participaron en el procedimiento, individualizando tanto al funcionario aprehensor como a la funcionaria que habría obligado a desnudarse a la afectada; 2. Oficiar al Servicio Médico Legal a fin de que se realicen peritajes sicológicos y físicos a la víctima de acuerdo al Protocolo de Estambul; 3. Citar y tomar declaración a la víctima y los testigos presenciales de los hechos denunciados. Decisión acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Mario Fuentes Melo, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Ruc N° 1910067146-0. Rit 15587-2019. N°Penal-1119-2022.
Fallo
se declara que se hace lugar a la reapertura de la investigación, a fin que el Ministerio Público practique las siguientes diligencias: 1. Requerir a Carabineros de Chile toda la información que diga relación con los funcionarios públicos que participaron en el procedimiento, individualizando tanto al funcionario aprehensor como a la funcionaria que habría obligado a desnudarse a la afectada; 2. Oficiar al Servicio Médico Legal a fin de que se realicen peritajes sicológicos y físicos a la víctima de acuerdo al Protocolo de Estambul; 3. Citar y tomar declaración a la víctima y los testigos presenciales de los hechos denunciados. Decisión acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Mario Fuentes Melo, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Ruc N° 1910067146-0. Rit 15587-2019. N°Penal-1119-2022.
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a siete de junio de dos mil veintidós, siendo las 10:30 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, quien preside, la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y el Fiscal Judicial don Mario Fuentes Melo, para la vista del recurso de apelación deducido por la parte querellan
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