SIN INFORMACION

JOSE MIGUEL MUÑOZ VEGA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL 1ER SEMESTRE 2022

Rol

Fecha

6 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carla Javiera De Borguie Véjar, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de su representado JOSÉ MIGUEL MUÑOZ VEGA, cédula de identidad Nº 17.388.795-7, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal y arbitrario consistente en denegar el otorgamiento del beneficio de libertad condicional al amparado. Sostiene que la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, a través de Resolución N° 224-2022, de fecha 12 de abril de 2022, afecta directamente la libertad personal de su representado, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad, vulnerando la garantía constitucional establecida en el artículo 19 Nº 7 de la Carta Fundamental. Explica que el amparado cumple una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de daños simples, una condena de 7 años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de robo con intimidación y una condena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con violencia. El cumplimiento de condena inició el 20 de abril de 2014 y su término está fijado para el 07 de diciembre de 2025. Así, ya cumplió el tiempo mínimo de condena para acceder al beneficio. Agrega que la conducta de su representado ha sido calificada en los seis últimos bimestres como “muy buena”, por lo que cumple, asimismo, con lo exigido en el artículo 2 N° 2 del Decreto Ley 321. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, pues el informe de postulación psicosocial de Gendarmería no permite demostrar que, a la época de postulación, pueda lograr una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. Hace presente antecedentes que obran en informe social elaborado por el asistente social Wally Portflitt Toro, donde consta que su representado ha mostrado motivación al cambio, registrando participación y adherencia a múltiples actividades que han ido en beneficio de su proceso de reinserción social y generado los cambios conductuales necesarios para su inserción a la comunidad. Indica que este cuenta con una red de apoyo en el medio libre integrada por su familia de origen; su madre doña Marina Vega, su abuelo don Rodolfo Vega, su hermano don Joel MuñoZ, su hermana doña Nataly Muñoz, su hermano don Milton Pérez y sus sobrinos menores de edad, quienes residen en la ciudad de Antofagasta y han manifestado su total disposición para apoyarlo en una posible puesta en libertad, recibiéndolo en el domicilio familiar y cubriendo sus necesidades inmediatas y otorgándole contención emocional y material durante el proceso post penitenciario. En cuanto a la comisión del delito, se aprecia que el interno reconoce responsabilidad, manifestando que “sus decisiones” lo llevaron a cometer ilícitos desde temprana edad, generando dañ

Fallo

Por tanto, pide que se acoja la solicitud y se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándose el beneficio señalado. Acompaña a su recurso: 1. Copia de la Resolución N° 224-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional. 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Wally Portflitt Toro. SEGUNDO: Que evacuó informe el Sr. Pedro Rojas Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía de La Serena, por sí y en representación de los miembros de la Comisión de Libertad Condicional, quien refiere que se rechazó la solicitud del interno invocando como fundamento que este no reunía los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, debido a que, según el informe de postulación, el amparado presenta un alto riesgo de reincidencia, sin que evidencie conciencia del delito ni del mal causado ni un rechazo explícito a la comisión de nuevos ilícitos. Dijo que se tuvo presente lo expuesto en el Informe psicosocial suscrito por los profesionales de Gendarmería de Chile, así como los enviados por la Defensoría Penal Pública. Destaca que el primero indica, en sus conclusiones técnicas, en un análisis global del proceso de reinserción del postulante, que el riesgo de reincidencia informado se encuentra condicionado por factores específicos como un

Texto Completo (Preview)

Muñoz Vega, José Miguel Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 214-2022.- La Serena, seis de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carla Javiera De Borguie Véjar, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de su representado JOSÉ MIGUEL MUÑOZ VEGA, cédula de identidad Nº 17.388.795-7, actualme

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