ELGUETA/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
6 de junio de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que el procedimiento civil, se rige por el principio del orden consecutivo legal y sin que exista disposición positiva que impida evacuar el trámite de la dúplica, en caso que la contestación se hubiere tenido evacuada en rebeldía; y
Fundamentos
considerando que el contenido del escrito de la dúplica no infringe los límites establecidos en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, se debe concluir que no resulta ajustado a derecho negar lugar a tener por evacuada la dúplica, más aún si dicho trámite se concretó dentro del plazo de traslado conferido por el propio Tribunal. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de cuatro de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Letras de esta ciudad, en cuanto acogió la reposición del demandante y, en cambio,
Fallo
se decide que se rechaza la misma y se tiene por evacuada la dúplica. Comuníquese y devuélvase. Rol N°75-2022.Civil.-
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, seis de junio de dos mil veinteidós. Vistos: Teniendo presente que el procedimiento civil, se rige por el principio del orden consecutivo legal y sin que exista disposición positiva que impida evacuar el trámite de la dúplica, en caso que la contestación se hubiere tenido evacuada en rebeldía; y considerando que el contenido del escrito de la dúplica no infringe los límites establec
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