ANGULO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
6 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/ RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Marcela Giacaman Pérez, abogada, quien en representación de Yessica Andrea Aponza Angulo, colombiana; Brahian Stiven Ocampo Ceballos, colombiano; Ninozca Katherine Chacón Tomassi, venezolana; Cristian Aldo Alarcón Quispe, boliviano; Jorge Licerio Tabares Marín; Jeovany García Campaz, colombiana y; Claudia de la Caridad Guerra Galeano, cubana, todos con domicilio para estos efectos en calle Baquedano N°239, oficina 704 de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, pidiendo que se le ordene resolver sin más trámite las solicitudes de permanencia definitiva, emitiendo en el más breve plazo la resolución y -según corresponda- se otorgue una reimpresión de la orden de giro correspondiente a la visa definitiva, en un plazo de diez días corridos desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada, con costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre sus solicitudes de permanencia definitiva, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo, contrariedad, economía procedimental y inexcusabilidad, contenidos en la Ley N°19.880. Los recurrentes ingresaron por pasos habilitados, obtuvieron visas temporarias y posteriormente -antes del vencimiento de sus visa- solicitaron el beneficio migratorio de permanencia definitiva. En cuanto a los estados de avance de las solicitudes, refirió: a) Brahian Ceballos presentó la solicitud el 24 de julio de 2021 y tiene un 100% de avance. Pidió una reimpresión de la orden de giro, ya que no ha sido notificado para hacer el pago correspondiente, pero ello no ha sido resuelto y la orden no ha sido emitida; Jorge Tabares presentó la solicitud el 30 de agosto de 2019 y tiene un 100% de avance, y su orden de giro tampoco ha sido emitida; Claudia Guerra presentó la solicitud el 4 de noviembre de 2020 y tiene un 100% de avance, y se encuentra en la misma situación referida anteriormente; Yessica Angulo presentó la solicitud el 13 de julio de 2021 y tiene un 28% de avance; Cristhian Alarcón presentó la solicitud el 18 de noviembre de 2020 y tiene un 54% de avance; Ninoska Chacón presentó la solicitud el 31 de mayo de 2021 y tiene un 35% de avance y; Jeovanny García presentó la solicitud el 9 de julio de 2021 y tiene un 30% de avance. Por lo tanto, pese a la fecha de la presentación, no se han resuelto las presentaciones, manteniendo a los recurrentes en una situación de incertidumbre. Asimismo, se han generado diversos perjuicios, ya que tienen sus cédulas de identidad vencidas o por vencer, lo que provoca dificultades en el plano comercial, laboral y salud. Por lo anterior, pidió que se le ordene resolver sin más trámite las solicitudes de permanencia definitiva, emitiendo en el más breve plazo la resolución y -según corresponda- se otorgue una reimpresión de la orden de giro correspondiente a la visa definitiva, en un plazo de diez días corridos desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Francisco Errázuriz Quiroz en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por la recurrente. Respecto de la recurrente Yessica Aponza, indicó que en cuanto al estado de tramitación de la solicitud, tras la dictación de la resolución exenta N°21498133 del 14 de diciembre de 2021, esta se encuentra en etapa de estudio preliminar. En el caso Brahian Ceballos, el 21 de diciembre de 2021, se emitió Oficio Ordinario N°56.170, informando que al trabajar con un empleador diverso al anunciado en la postulación, deb
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve que: I. SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por la abogada Marcela Giacaman Pérez, en representación de Yessica Aponza Angulo, Ninozca Chacón Tomassi, Cristian Alarcón Quispe y Jeovany García Campaz en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a las solicitudes de los actores. II. SE RECHAZA sin costas el recurso deducido en representación de Brahian Stiven Ocampo Ceballos, Jorge Licerio Tabares Marín y Claudia de la Caridad Guerra Galeano. Regístrese y comuníquese. Rol 2991-2022 (PROT)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a seis de junio de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Marcela Giacaman Pérez, abogada, quien en representación de Yessica Andrea Aponza Angulo, colombiana; Brahian Stiven Ocampo Ceballos, colombiano; Ninozca Katherine Chacón Tomassi, venezolana; Cristian Aldo Alarcón Quispe, boliviano; Jorge Licerio Tabares Marín; Jeovany García Campaz, colombiana y; Claudia de la Caridad
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