JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

OYARZÚN / TORRES

Rol

Fecha

6 de junio de 2022

Materia

OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y considerando. Primero. Que, en autos sobre oposición al saneamiento de la pequeña propiedad raíz, tramitados ante el Juzgado de Letras de Castro con el RIT C-1113-2021, Rol de Ingreso de Corte del Libro Civil N°263-2022, se alza en apelación la parte demandada en contra de la resolución del juez a quo de fecha 4 de marzo de 2022 que no hizo lugar al desistimiento de la demanda. Segundo. Que, del mérito de los antecedentes, consta que el Jefe provincial del Ministerio de Bienes Nacionales remitió el expediente administrativo N°646236 a nombre de don Carlos Jerges Torres Vera al Juzgado de Letras de Castro conforme a lo previsto en el artículo 20 del Decreto Ley N°2695, en razón de la oposición de doña Marta Deifilia Oyarzún Barría. Tercero. Que, con fecha 17 de diciembre de 2021, a folio 16 de los autos de primera instancia, consta que don Cristian Escobar Escobar asumió el patrocinio y poder de doña Marta Deifilia Oyarzún Barría, acompañando copia autorizada de mandato judicial, otorgado con fecha 19 de octubre del año 2021 ante don Pablo Valenzuela Pérez, Notario Público Titular de la 3° Notaría de Punta Arenas. Instrumento público que se encuentra suscrito mediante firma electrónica avanzada y anotado bajo el número de repertorio 3779/2021 del Registro de Instrumentos Públicos de la Notaría indicada. De esta forma, previa certificación por Ministro de Fe según consta a folio 18, por resolución de fecha 20 de diciembre de 2021 el Juzgado de Letras de Castro tuvo presente el patrocinio y poder para representar a la demandante. Cuarto. Que, con fecha 18 de enero de 2022 (folio 24) el abogado de la demandada don Ramón Hugo Oyarzún González acompañó un documento privado notarial de la demandante, según el cual la actora se desiste de su oposición. Quinto. Que, con fecha 10 de febrero de 2022 (folio 31) el abogado de la parte demandante don Cristian Escobar Escobar pidió se tenga presente que es él quien representa a doña Marta Oyarzún Barría y vela por s

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, con costas, la resolución apelada de fecha cuatro de marzo de dos mil veintidós pronunciada por el Juzgado de Letras de Castro que no hizo lugar al incidente de desistimiento de la demanda. Devuélvase. Rol Civil 263-2022

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Puerto Montt, seis de junio de dos mil veintidós Vistos y considerando. Primero. Que, en autos sobre oposición al saneamiento de la pequeña propiedad raíz, tramitados ante el Juzgado de Letras de Castro con el RIT C-1113-2021, Rol de Ingreso de Corte del Libro Civil N°263-2022, se alza en apelación la parte demandada en contra de la resolución del juez a quo de fecha 4 de marzo de 2022 que no hiz

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