QUIROGA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Que se recurre de protección en favor de Valentín Argentino Quiroga, nacional de Argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria de pronunciarse sobre la solicitud de visa de permanencia definitiva que presentó con fecha 24 de octubre de 2019, sin indicarle si existen antecedentes faltantes para concluir el procedimiento y cuáles sería estos, lo que conculca su garantía de igualdad ante la ley. Solicita acoger este arbitrio y ordenar a la recurrida que le otorgue un plazo para subsanar las omisiones presuntamente advertidas, precisándole cuáles serían los documentos que debe acompañar, con costas. Que, el Servicio Nacional de Migraciones informa que la solicitud del recurrente está en etapa de análisis resolutivo,
Fundamentos
considerando que pagó el importe de derechos con fecha 27 de mayo de 2022. Acompaña comprobante de visación en trámite de 24 de octubre de 2019. Que, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°) Que, si bien en su libelo de protección el recurrente reclama la omisión en el pronunciamiento de la visa de permanencia definitiva, por cuanto la recurrida le comunicó que faltaban antecedentes sin precisar a cuáles se refería, lo cierto es que el Servicio Nacional de Migraciones aclara en su informe que el procedimiento en cuestión aún no concluye, pero no por omisión de antecedentes, sino por encontrarse en la etapa de análisis resolutivo. 2°) Que, de este modo y conforme con el mérito de los antecedentes allegados, se advierte que la reseñada solicitud de visación todavía no concluye con un pronunciamiento por parte de la autoridad migratoria, existiendo al efecto una dilación excesiva en su tramitación, si se considera la fecha de inicio, lo que permite concluir que la recurrida ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la visa de permanencia definitiva requerida por el actor, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción. Y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Valentín Argentino Quiroga, sólo en cuanto se dispone que el Servicio Nacional de Migraciones deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en atención al estado de su tramitación, dictando al efecto la resolución que corresponda dentro del término de 30 días hábiles. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-66841-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de junio de dos mil veintidós. VISTO: Que se recurre de protección en favor de Valentín Argentino Quiroga, nacional de Argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria de pronunciarse sobre la solicitud de visa de permanencia definitiva que presentó con fecha 24 de octubre de 2019, sin indicarle si existen antecedente
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