SIN INFORMACION

JUAN RAMON ARAYA RAMOS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

4 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado JUAN RAMÓN ARAYA RAMOS, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por resolución N° 372-2022 de fecha 14 de abril de 2022, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 6 años por el delito de violación. Inició el cumplimiento el 20 de julio 2017 y tiene fecha de término el 20 de julio de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional el 20 de julio de 2021, registrando asimismo una conducta calificada como “muy buena” en los últimos siete bimestres. Señala que, sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un mediano riesgo de reincidencia, no presenta una adecuada conciencia del delito ni del mal causado y manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Señala que se debe tener en consideración diversos aspectos en relación con el proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la trabajadora social Ornella Spielman Guerrero; así expone: Durante el tiempo de reclusión, el condenado ha mostrado motivación al cambio; registrando participación y adherencia a múltiples actividades que han ido en beneficio de su proceso de reinserción social: Talleres ofensores sexuales (en curso); Nivelación de estudios; Taller de resolución de conflictos; Actividades deportivas; Curso de capacitación de cocina nacional; Curso carpintero de obra gruesa en edificación; Programa de capacitación laboral +R (en curso). Al interior de la Unidad penal, el condenado registra actividad laboral remunerada, desempañándose en la panadería hace aproximadamente dos años y en forma anterior a la reclusión, refiere actividad lab

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de JUAN RAMÓN ARAYA RAMOS, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 204-2022 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Araya Ramos, Juan Ramón Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 204-2022.- La Serena, cuatro de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado JUAN RAMÓN ARAYA RAMOS, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por resolución N° 372-20

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