JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ CARLOS ANDRES QUINONES CORDOVA

Rol

Fecha

4 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Carlos Andrés Quiñones Córdova, quien se encuentra formalizado por lesiones menos graves y amenazas, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, ha apelado de la resolución que le impuso la medida cautelar de privación total de libertad en su casa, solicitando que ésta sea revocada y se sustituya por la de prohibición de acercarse a la víctima u otra de menor intensidad. 2.- Que las intervinientes en estrados únicamente han controvertido el presupuesto contemplado en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal para mantener la medida cautelar en revisión. 3.- Que la necesidad de cautela en este caso se satisface con la medida cautelar impuesta al encausado, atendida la forma de comisión de los hechos que se le atribuyen, esto es, en un espacio público, frente a la víctima, la que conforme a la pauta de evaluación pertinente presenta un riesgo alto, y atendido además el hecho que el encausado mantiene otras denuncias similares respecto de otras dos mujeres y otra, en la que es víctima el padre de Yael Opazo Moya. Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veintiocho de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la causa RIT 388-2022, RUC 2200204777-6, que impuso la medida cautelar de privación total de libertad en su casa al imputado Carlos Andrés Quiñones Córdova. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes. A las comparecientes se les tiene por notificadas de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-561-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veintiocho de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la causa RIT 388-2022, RUC 2200204777-6, que impuso la medida cautelar de privación total de libertad en su casa al imputado Carlos Andrés Quiñones Córdova. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes. A las comparecientes se les tiene por notificadas de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-561-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, cuatro de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Carlos Andrés Quiñones Córdova, quien se encuentra formalizado por lesiones menos graves y amenazas, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, ha apelado de la resolución que le impuso la medida cautelar de privación total de libertad en su casa, solicita

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