SIN INFORMACION

JOSE FERNANDO MARIPI MONTES/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado JOSÉ FERNANDO MARIPI MONTES, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por resolución N° 386-2022 de fecha 14 de abril de 2022, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo dos condenas, de cuatro años más 600 días, por los delitos de violación de menor de 14 años y abuso sexual de menor de 14 años con contacto corporal. Inició el cumplimiento el 07 de mayo de 2018 y tiene fecha de término el 08 de septiembre de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional el 14 de agosto de 2021, registrando asimismo una conducta calificada como “muy buena” en los últimos seis bimestres. Señala que, sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un riesgo medio de reincidencia, (en específico para delitos sexuales), no presenta una adecuada conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado. Hace presente diversos aspectos en relación al proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la trabajadora social Wally Portflitt Toro, como que en el ámbito intra penitenciario, el interno no presenta faltas ni sanciones al régimen interno desde el inicio de la reclusión; registrando una calificación de conducta como muy buena en los últimos bimestres. Expone que durante el tiempo de reclusión, el condenado ha mostrado motivación al cambio; registrando participación en actividades que han ido en beneficio de su proceso de reinserción social: 1. Taller razonamiento crítico. 2. Taller resolución de problemas. 3. Programa de capacitación laboral +R. 4. Actividad laboral dependiente al interior de la unidad penal, en el área de la panade

Fundamentos

considerando esos avances, se expresa que el amparado desistió de seguir asistiendo al taller para ofensores sexuales, para lo cual requiere de intervención individual para mejorar su estado motivacional que permita su ingreso al taller, ya que es necesario que sea expuesto a los contenidos de las dos partes faltantes del mismo denominados: etapa de sensibilización y psicoterapéutica, para que de esa forma la interno logre incorporar las estrategias necesarias para así evitar posibles apariciones de conductas de riesgo y/o delictuales en el área de la ofensa sexual.

Fallo

Por lo expuesto el informe sugiere en atención a que el interno aún mantiene pendiente acciones efectuadas en el ámbito de la reinserción social, retome sus intervenciones intramuros particularmente lo que se relaciona con el taller para ofensores sexuales. SÉPTIMO: Que, por su parte, del tenor del libelo pretensor no se logra advertir antecedente alguno de índole psicosocial, que permita a estos sentenciadores desvirtuar lo concluido en su oportunidad por la recurrida. OCTAVO: Que, así las cosas, no vislumbrándose actuación ilegal o arbitraria alguna atribuible a la recurrida, quien ha resuelto denegar la concesión del beneficio de libertad condicional al actor en base a sus facultades legales y debido a los antecedentes tenidos a la vista en su oportunidad, los cuales no han sido desvirtuados en esta sede, es que corresponde el rechazo del arbitrio deducido. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de JOSÉ FERNANDO MARIPI MONTES, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 206-2022 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Maripi Montes, José Fernando Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 206-2022.- La Serena, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado JOSÉ FERNANDO MARIPI MONTES, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por resolución N

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