SIN INFORMACION

NUÑEZ/GODOY

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1 comparece doña LAYMEL NUÑEZ SANCHEZ, venezolana, Medico Pediátrico y deduce recurso de protección en contra de doña FRANCISCA ANDREA GODOY VERGARA, chilena, domiciliada en Meli 1626, La Arboleda, La Serena, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, el derecho que está garantizado en el artículo 19° N°4 y 24 de la Constitución Política de la República. Indica que el 13 de abril de 2022, atendió a la hija de la recurrida, de 3 años 5 meses en Clínica Red Salud, La Serena, la que asiste a atención tras síntomas respiratorios, evaluándola y dejándola con tratamiento médico, reposo y con indicación que debía asistir a reevaluación en caso de progresión de síntomas. Señala que, sin embargo, no supo más de la paciente hasta que el 21 de abril de 2022, su madre, le envía un mensaje de WhatsApp, que se adjunta, señalándome lo siguiente: ”Hola buenas tardes, la semana pasada me ayudaste abriéndome la agenda y te lo agradezco mucho, pero sabes cuál es el tema? le diste un mal diagnóstico a mi hija… me dijiste que tenía rinofaringitis … te dije que ella tenía tos y lo ignoraste … que no necesitaba más medicamentos … y está mal porque nunca tuvo eso … sino que hubo una bronquitis ya ha estado súper mal … casi la hospitalizan por tu mal diagnóstico. yo soy de por la misma Villa que tú. llego a saber que alguien te recomienda voy a contar mi experiencia para que después no te sorprendas… y no te molestes en contestar porque te bloqueare”. Indica que posteriormente la recurrida realiza un reclamo a Red Salud, La Serena. Señala que, sin embargo, y el motivo del recurso consiste en que la recurrida, con fecha 23 de abril de 2022, por medio del grupo WhatsApp llamado “Servicios La Arboleda” donde se encuentran los vecinos del sector La Arboleda, La Serena, luego de que un miembro del grupo, solicita que se le recomiende médico pediatra, otra persona le envía su número telefónico, por lo que luego la recurrida escribe por el grupo de WhatsApp “No la recomiendo, (Leymel Nuñez) el otro día atendió a mi hija le dio un mal diagnóstico y empeoró mucho más… dándole medicamento que no corresponden…” Agrega que tal mensaje deja en evidencia como trata de cuestionarla la recurrida y no se detendrá por sí sola de hacerlo, con todo los perjuicios que ello le genera. Finalmente, agrega que la recurrida a la fecha de esta presentación no ha intentado que la paciente, su hija, sea reevaluada como fue recomendado de forma escrita en la orden medica como de forma verbal, durante la atención, resguardándose en la “funa” sin mediar consecuencias y así, vulnerar sus derechos fundamentales. Afirma como garantías fundamentales lesionadas o amenazadas, el derecho a la honra; el derecho a la propiedad sobre su propia imagen y el derecho a la vida privada, indicando que las publicaciones que efectúa la recurrida han afectado gravemente su vida privada, al punto ser cuestionada, tanto en la Clínica en que presta servicios, como ante s

Fallo

Por lo expuesto pide que se ordene la eliminación de todo el contenido publicado en el descredito de su persona y ordene que la recurrida se abstenga en lo sucesivo de seguir realizando publicaciones, malas recomendaciones, reacciones, etc., de ese tipo, por cualquier vía. Segundo: Que a folio 11, informa el recurso la recurrida doña FRANCISCA ANDREA GODOY VERGARA, solicitando el rechazo del recurso con expresa condena en costas. En primer término, detalla pormenorizadamente la situación de enfermedad que vivió su hija, exponiendo en síntesis que el 13 de abril pasado la recurrida la atendió en una clínica a través de un sobrecupo, siendo diagnosticada con una rinofaringitis y 3 días de reposo, señala que al pasar de los días la hija se agravó, y no encontró prudente volver donde la doctora Laymel, ya que no le había dado un buen diagnóstico por lo que pidió hora con su médico de cabecera el día 21 de abril, siendo el diagnóstico una bronquitis obstructiva hiper secretiva de tipo asmatiforme de gravedad moderada. También comentó el pediatra que pasaba más días sin tratamiento se agravaría más y podrían hospitalizarla. Indica que se molestó por todo lo que había pasado a su hija en cuanto a estar una semana recibiendo medicamentos que no eran los adecuados para su bronquitis, motivo por el cual envía un mensaje a la actora a través de Whatsapp ya expuesto en forma precedente. Expone que posteriormente el 23 de abril, en el grupo de Whatsapp de tipo cerrado de la villa en

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Laymel Núñez, Sánchez Godoy Vergara, Francisca Andrea Recurso de protección Rol Nº 2818-2022 La Serena, tres de junio de dos mil veintidós VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1 comparece doña LAYMEL NUÑEZ SANCHEZ, venezolana, Medico Pediátrico y deduce recurso de protección en contra de doña FRANCISCA ANDREA GODOY VERGARA, chilena, domiciliada en Meli 1626, La Arboleda, La Serena, por priv

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