MARIO EDUARDO IBARRA ECHEVERRÍA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado MARIO EDUARDO IBARRA ECHEVERRÍA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por resolución N° 165-2022 de fecha 11 de abril de 2022, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años por el delito de homicidio. Inició el cumplimiento el 10 de agosto de 2018 y tiene fecha de término el 10 de agosto de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional el 10 de febrero de 2021, registrando asimismo una conducta calificada como “muy buena” en los últimos seis bimestres. Señala que, sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un alto riesgo de reincidencia, no presenta una adecuada conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado y manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Señala que, sin embargo, el informe de Gendarmería como la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, omiten antecedentes importantes contenidos en la sentencia dictada en la causa rit 1485-2018 del 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto a que el delito que purga se produjo a las afueras de su residencia, al salir a defender a la madre de su hija, momento en el cual se produce una riña con la víctima sufriendo ambos participantes lesiones de consideración las que le ocasionaron la muerte de la víctima y dejaron hospitalizado al amparado, reconociéndose la atenuante del artículo 11 número 1 en razón de haberse verificado una hipótesis de legítima defensa incompleta. Luego, hace presente diversos aspectos en relación con el proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la trabajadora social Ornella Spie
Fundamentos
motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de MARIO EDUARDO IBARRA ECHEVERRÍA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°208-2022 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Ibarra Echeverría, Mario Eduardo, Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 208-2022.- La Serena, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, deduce recurso de amparo en favor del condenado MARIO EDUARDO IBARRA ECHEVERRÍA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que por res
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