JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ RICARDO JAVIER AYAN AVILA

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en aquellos se le atribuye a la imputada y en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, se estima por estos sentenciadores que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el número de delitos por los cuales fue formalizada, el actuar en grupo, la gravedad de las penas asignada a los delitos que se le imputan y su eventual forma de cumplimiento,  por lo que se revoca la resolución en alzada de esta misma fecha, dictada por don Cristian Arturo Alfonso Durruty, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, y en su lugar se declara que se decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada  Ximena Olivia Burgos Bustos. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Rol Penal N° 336-2022.

Fallo

se declara que se decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada  Ximena Olivia Burgos Bustos. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Rol Penal N° 336-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, tres de junio de dos mil veintidós VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos i

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