SIN INFORMACION

FERNANDEZ INOSTROZA EMERSON IVAN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece doña Ana Olivares Muñoz, cédula de identidad N° 16.427.608-2, quien interpone recurso de amparo a favor de Emerson Iván Fernández Inostroza, cédula de identidad N° 16.427.608-2, interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, en razón de haber rechazado el beneficio antes citado solicitado por el amparado. Segundo: Que, evacuó informe la Comisión recurrida, explicando que el amparado no fue postulado por ninguna Unidad Penal en el período correspondiente al primer semestre del año en curso. Tercero: Que, se requirió informe a Gendarmería de Chile, organismo que informando, y en lo que atañe al recurso, indica que el amparado no cumplía al momento de la confección de nóminas, con los cuatro bimestres de Muy Buena Conducta, dado que registraba 3 bimestres de muy buena conducta y 1 bimestre de buena conducta, por lo que no era en ese momento un interno que reuniera las conductas necesarias para ser postulado, solicitando el rechazo del recurso. Cuarto: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Quinto: Que el artículo 2° del D.L. N° 321 prescribe que todo aquél que fuere condenado a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, "tiene derecho a que se le conceda su libertad condicional", siempre que cumpla con los requisitos que enuncia: 1° Haber cumplido -como regla general- la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3, 3 bis y 3 ter; 2° Haber o

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Emerson Iván Fernández Inostroza, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional y Gendarmería de Chile. Regístrese y archívese si no se apelare. N°Amparo-1234-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece doña Ana Olivares Muñoz, cédula de identidad N° 16.427.608-2, quien interpone recurso de amparo a favor de Emerson Iván Fernández Inostroza, cédula de identidad N° 16.427.608-2, interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, y en contra de la Comisión de Libertad Condicion

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