ORREGO LEIVA CRISTIAN ALEJANDRO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Luis Vilches Paredes, abogado, en representación del condenado Cristian Alejandro Orrego Leiva, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, al no aplicar el criterio del DL 321 impidiendo que el amparado obtuviera el beneficio, tornándose con ello arbitrario e ilegal, y pide se restablezca el imperio del derecho y se incluya al amparado en los beneficiados con la Libertad Condicional. Invoca como antecedentes de hecho que su representado fue condenado a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado maximo, por el delito de tráfico ilicito de drogas, sentencia de 31 de marzo del año 2014, y contando como tiempo aproximado de cumplimiento hasta día 23 de marzo del año 2026. Por lo tanto, cumpliría con el tiempo mínimo para la postulación de la libertad condicional el afecto desde el 23 de marzo del 2021, haciendo presente que de acuerdo con el registro de control de conducta de Gendarmería mantiene muy buena conducta desde el bimestre julio agosto del año 2020 de manera continua hasta la fecha. Hacer presente que el amparado a través del último tiempo se ha dedicado a ser mozo de modulo, entre otros talleres y actividades laborales en la unidad penal. Desde los últimos meses del año 2021 a la fecha, se encuentra con un plan de intervención acorde a los requerimientos que establece el régimen penitenciario y la dupla sicosocial. Sostiene que la decisión impugnada es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal de su representado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes, toda vez que infringe el Decreto Ley Nº 321 en cuanto su representado ha dado cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el legislador e incluso sobresale su conducta al ser mozo de modulo, como también participa en un plan de intervención individual, esto que ha genera
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que los aspectos psicosociales antes aludidos demuestran, por ahora, un alto compromiso delictual, con escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, lo que impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. Sexto: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado Christopher Alexander Tapia Pérez no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Cristian Orrego Leiva y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1813-2022
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Luis Vilches Paredes, abogado, en representación del condenado Cristian Alejandro Orrego Leiva, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, al no aplicar el crite
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