SIN INFORMACION

FUENTES CONTARDO CRISTOPHER ANIBAL FABIÁN/GENDARMERÍA DE CHILE - COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos Guerra Navia, interponiendo recurso de amparo constitucional en favor de don Cristopher Aníbal Fabián Fuentes Contardo, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, en contra de Gendarmería de Chile, por no haber accedido al beneficio de libertad condicional, aún cuando cumplía con todos los requisitos establecidos en la norma, por lo que, en virtud del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, solicita se restablezca el imperio del derecho, otorgando el beneficio impetrado a su representado. SEGUNDO: Que, evacuando informe el Alcaide (S), Teniente Coronel de Gendarmería, señor José Quijada Ortega, refiere que el amparado sí fue postulado al beneficio de libertad condicional al cumplir todos los requisitos establecidos, siendo el otorgamiento de la misma, competencia privativa de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, dando cabal cumplimiento a la normativa que rige dicho procedimiento, solicitando que se rechace el presente arbitrio. TERCERO: Que, atendido a lo informado por Gendarmería de Chile, se solicitó informe a la Comisión de Libertad Condicional, quien a través del Ministro señor Alejandro Aguilar, en su calidad de Presidente, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, pues si bien cumple con los requisitos establecidos en los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321, la documentación otorgada por Gendarmería de Chile, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado, pues “ es posible advertir que el postulante es un interno de alto compromiso delictual, atendido que durante su reclusión no ha logrado llevar a cabo un proceso de cambio que le permita disminuir de manera significativa el riesgo de reincidencia, el que se encuentra en nivel alto. Si bien refiere intención de incorporarse a la actividad laboral al e

Fundamentos

fundamentos que justifican la decisión que se reclama, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, de los que se desprende que el interno no ha logrado llevar a cabo un proceso de cambio que le permita disminuir de manera significativa el riesgo de reincidencia, el que se encuentra en nivel alto. Tampoco ha desarrollado adecuada conciencia del delito ni del daño causado. Si bien no pueden ser las conclusiones del Informe Psicosocial las que definan que la Comisión de Libertad Condicional conceda o no el respectivo beneficio a un condenado, las mismas deben ser evaluados por ella a objeto de apreciar los factores de riesgo de reincidencia que presenta el interno, con el fin de definir sus posibilidades reales de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, pues tal como afirma el artículo 1 del D.L. 321, la libertad condicional es demostrativa de que al momento de postular a ella, el condenado presenta avances en su proceso de reinserción social. NOVENO: Que, en consecuencia, puede concluirse que es la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, del beneficio de libertad condicional, y en concepto de esta Corte, no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna ni tampoco que exista vulneración a la garantía constitucional de libertad personal del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cristopher Aníbal Fabián Fuentes Contardo, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-1338-2022. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Cristobal Mera Muñoz, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de junio de dos mil veintidós. Proveyendo al folio 12; téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos Guerra Navia, interponiendo recurso de amparo constitucional en favor de don Cristopher Aníbal Fabián Fuentes Contardo, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, en contra de Gendarmería de Chile, por no haber accedido

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