SIN INFORMACION

MUÑOZ/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES

Rol

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de marzo del año 2022, comparece doña Marcela Margarita Muñoz Moreno, administrativa, domiciliada en Villa Centinela Sur, pasaje Francisco Fuentes N° 1164, San Fernando y viene en deducir recurso de protección en contra del Banco de Crédito e Inversiones, representado legalmente por don Jaime Sepúlveda Montecinos, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Funda su recurso en que solicitó un crédito hipotecario a la entidad bancaria recurrida, el cual fue acogido sin ningún reparo por ser cuenta correntista de dicha institución, pasando su solicitud por todos los requerimientos que le fueron solicitados al punto de solo faltar la redacción de la escritura y firma propiamente tal del crédito ascendente a $28.000.000., destacando que el inmueble que busca adquirir, es un bien familiar donde sus hermanos le dieron la oportunidad de adquirirla a un costo menor. Agrega que en su oportunidad entregó toda la documentación al respectivo ejecutivo hipotecario, y no obstante aquello se rechazó su solicitud de conformidad al siguiente tenor: “informamos a usted que evaluamos los antecedentes en nuestro comité técnico y lamentablemente su solicitud fue rechazada debido a que usted tiene una cirugía para extirpar un nódulo en la tiroides, información entregada por informe médico de la Dra. Toledo con fecha 28 de diciembre de 2021. De este modo, por normas de compañía no es factible asegurarle.” Añade que el ultimo correo de rechazo fue recibido con fecha 21 de febrero del año 2022 donde se expone lo siguiente: “Se realizó la consulta a la aseguradora quienes informaron que no tiene instancia de apelación, lo que me indican es que no es un rechazo pero la evaluación queda suspendida hasta el año 2024”, lo que le ocasiona gran perjuicio ya que entregó parte de dinero a sus hermanos, los cuales le señalan que si no cubre la diferencia adeudada en tiempo, lisa y llanamente perderá esta ya que tienen comprador para la casa y lo que a ellos les interesa es vender. Indica que en la cuarta etapa tuvo algunos malestares de diafonía donde se realizó un eco de tiroides en la que le encuentran nódulos en la tiroides, se solicita PAAF de nódulo izquierdo, con resultado categórico IV de Bethesda. Añade que el 5 de enero 2022 le realizaron una tiroidectomia total bilateral, se envía biopsia y el resultado fue un cáncer papilar milimétrico en la que no necesitara yodo terapia, ya que el cáncer estaba en proceso de inicio, así que la dejaron reemplazo hormonal, calcio y omega. Relata que se comunicó con su cirujano y le expuso su caso, en el sentido que estaba a punto en comprar una casa y que la aseguradora se la rechazaba por su patología y él le señalo que puede aportar toda la información necesaria para demostrar que no tiene cáncer, que estaba en proceso de inicio, y que con la cirugía era suficiente. Destaca que Banco de Crédito e Inversiones no ha seguido con el trámite por el rechazo de la aseguradora y la dejaron con preexistencia de 2 años por un cáncer que ya no tiene y con recuperación al 100%. Indica que es por este motivo que solicita a esta Corte intervenga ya que tiene documentación medica la cual dice y expone fehacientemente que no padece ninguna enfermedad cancerígena, ni preexistencia de esta puesto que su cirujano de la Clínica Dávila don

Fallo

por tanto, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones vigentes, las políticas que definan para operar en tales asuntos son de responsabilidad de su administración, sin que esta Comisión, al igual que cualquier otra autoridad pública pueda tener injerencia en ello. Hace presente que no obstante lo señalado la actora igualmente podría cotizar -y eventualmente contratar- el seguro al que alude en su libelo, en una compañía aseguradora distinta y en las mismas condiciones exigidas por el banco. Por su parte y con fecha 26 de abril de 2022 comparece la institución bancaria recurrida y procedió a evacuar el respectivo informe, alegando primeramente la extemporaneidad del recurso por cuanto la compañía de seguros “CHUBB Seguros de Vida Chile S.A.”, que evalúo otorgar el seguro de desgravamen para la solicitud de crédito hipotecario realizada por la recurrente, le comunicó su negativa mediante carta enviada a su domicilio el 28 de diciembre de 2021, la que también le fue informada a la recurrente a través de un correo electrónico enviado por la ejecutiva Marcela Soto Pinochet, con fecha 30 de diciembre de 2021, destacando que el último correo enviado por la ejecutiva es de fecha 15 de febrero de 2022, sin embargo la presentación del actual recurso se realizó el día 18 de marzo de 2022, transcurridos varios meses desde la respuesta dada por la Compañía de seguros, y transcurridos 31 días desde la última comunicación del banco recurrido, es decir, fuera de plazo. En cuanto al fon

Texto Completo (Preview)

Rancagua tres de junio de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 18 de marzo del año 2022, comparece doña Marcela Margarita Muñoz Moreno, administrativa, domiciliada en Villa Centinela Sur, pasaje Francisco Fuentes N° 1164, San Fernando y viene en deducir recurso de protección en contra del Banco de Crédito e Inversiones, representado legalmente por don Jaime Sepúlveda Montecinos, en virtud de los fu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica