JOSE SOUSA SOTOMAYOR / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Antonio Ibáñez Martínez en representación de José Miguel Sousa Sotomayor, de nacionalidad cubana, domiciliados en Emilio Laichacar Nº6040, San Miguel, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional Álvaro Bellolio Avaría, ambos domiciliados en Chacabuco N°1216, comuna de Santiago, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva. Explica que su representado solicitó el 18 de diciembre de 2020 el beneficio de permanencia definitiva, sin que a la fecha la autoridad migratoria se haya pronunciado a su respecto. Sostiene que debido a la omisión arbitraria e ilegal por parte de la autoridad migratoria, se ha visto afectado el derecho a la igualdad ante la ley consagrados en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República, vulnerándose, también, los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo y de economía procedimental que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, desde que se ha excedido el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Pide que se acoja el recurso ordenando a la recurrida resolver, sin más trámite, la solicitud de permanencia definitiva formulada por el actor. Segundo: Que comparece el abogado Diego Calderón Castillo, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, quien informa al tenor del recurso, solicitando su rechazo. Señala que la solicitud de permanencia definitiva se efectuó el 18 de diciembre de 2020, y que en virtud de resolución exenta de 6 de diciembre de 2021 ésta se encuentra en etapa de evaluación intermedia lo que implica validación de forma, vigencia y legalización, además, de la petición a instituciones externas de información sobre antecedentes delictuales. Advierte que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 45, éste último en relación con el artículo 43, todos de la Ley N°21.325
Texto Completo (Preview)
San Miguel, tres de junio de dos mil veintidós. Vistos: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Antonio Ibáñez Martínez en representación de José Miguel Sousa Sotomayor, de nacionalidad cubana, domiciliados en Emilio Laichacar Nº6040, San Miguel, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional Álvaro Bellolio Avaría,
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