IMPUTADO: FRANCISCO HUMBERTO ESPEJO ARAYA
Rol
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que en esta causa, Rol Penal de esta Corte de Apelaciones N° 342-2022, RIT N° 44-2021, RUC N° 2001060900-4 del Tribunal de Juicio oral en lo Penal de Cañete, don Oscar Suarez Alcayaga, abogado defensor del imputado Francisco Humberto Espejo Araya, presenta recurso de nulidad en contra de sentencia definitiva de 21 de marzo de 2022, que en lo pertinente condena al encausado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, inhabilidad absoluta perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, y al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como autor del delito consumado de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo delito en que se produjere la muerte de una persona, previsto en el artículo 195 inciso tercero en relación con el artículo 176 ambos de la Ley de Tránsito. Reuniéndose los requisitos legales, se aplica la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por igual término que el de la pena privativa de libertad, debiendo, además, cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se aprobará en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17. Deberá cumplir, además, la condición prevista en la letra d) del artículo 17 ter de dicha normativa, en este caso, cumplir programa formativo de educación vial. El recurso se asienta primeramente en la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, que fuera oportunamente reconducida por la Excma. Corte Suprema a la del artículo 374 letra f) del mismo texto legal; luego aduce precisamente la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por haber sido dictado el fallo con infracción a lo prescrito en el artículo 341 de dicho Código; y finalmente como tercera causal, la del artículo 373, letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se ha hecho una errónea aplicación del
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal: PRIMERO: Que la defensa ha interpuesto recurso de nulidad de la sentencia dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Cañete, fundado primeramente en la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, reconducida por la Excma. Corte Suprema con fecha 13 de abril de 2022 a la causal del artículo 374 letra f) del mismo Código y que fuera igualmente motivo de nulidad subsidiario de la recurrente. Esto es, se alega que el
Fallo
fallo con infracción a lo prescrito en el artículo 341 de dicho Código; y finalmente como tercera causal, la del artículo 373, letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se ha hecho una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Se declaró admisible el recurso y se le incluyó en Tabla, procediéndose a su Vista en la Audiencia del día 16 de mayo de 2022. CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal: PRIMERO: Que la defensa ha interpuesto recurso de nulidad de la sentencia dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Cañete, fundado primeramente en la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, reconducida por la Excma. Corte Suprema con fecha 13 de abril de 2022 a la causal del artículo 374 letra f) del mismo Código y que fuera igualmente motivo de nulidad subsidiario de la recurrente. Esto es, se alega que el fallo del Tribunal de Juicio oral en lo Penal se ha dictado con infracción a lo previsto en el artículo 341 del Código Procesal Penal, norma conforme a la cual: “La sentencia condenatoria no podrá exceder el contenido de la acusación. En consecuencia, no se podrá condenar por hechos o circunstancias no contenidos en ella… Con todo, el tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta de aquella contenida en la acusación o apreciar la concurrencia de causales modificatorias agravantes de l
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Concepción, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa, Rol Penal de esta Corte de Apelaciones N° 342-2022, RIT N° 44-2021, RUC N° 2001060900-4 del Tribunal de Juicio oral en lo Penal de Cañete, don Oscar Suarez Alcayaga, abogado defensor del imputado Francisco Humberto Espejo Araya, presenta recurso de nulidad en contra de sentencia definitiva de 21 de marzo de 2022, que en lo
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