A.F.P. HABITAT S.A. CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA
Rol
D-76-2011
Fecha
3 de julio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 16 de octubre de 2011, comparece el abogado don MANUEL JESUS FIGUEROA SAAVEDRA, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT, Instituci n deó Previsi n Social, todos domiciliados para estos efectos en Alameda 949 P.9 Of.ó 904, Santiago e interponme demanda ejecutiva en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA, representada por don JUAN CARLOS CASTILLO BOILET, ignora profesión, ambos con domicilio en BALMACEDA 110, MONTE PATRIA, se alando que le adeuda la suma de $1.415.728, porñ conceptos de cotizaciones previsionales seg n Resoluci n N°1633968, por losú ó periodos de abril, noviembre y diciembre de 2010 y desde enero a abril de 2011. Que con fecha 15 de mayo de 2012, se notific la demanda enó conformidad al art culo 437 del C digo del Trabajo.í ó Que con fecha 7 de junio de 2012, comparece el abogado don Pablo Rodrigo Barrantes D az en representaci n de don JUAN CARLOS CASTILLOí ó BOILET representante de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA, oponiendo excepci n de pago, e indica que ha dado pago efectivo, ntegro y totaló í de las cotizaciones previsionales obligatoria de los trabajadores que individualiza, adjuntando documento consistente en Resoluci n Nº01633968 de fecha 7 deó octubre de 2011. Que con fecha 27 de julio de 2017, se tuvo por evacuado el traslado de las excepciones opuestas, en rebeldía de la parte ejecutante. Que con fecha 22 de septiembre de 2017, se declararon admisibles las excepciones, recibiéndose la causa a prueba. Que con fecha 13 de octubre de 2017, se cit ó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la cuesti n controvertida que debe resolverse en autosó consiste en que si la ejecutada ha pagado la deuda que se cobra en autos. SEGUNDO: Que la parte demandada a fin de acreditar sus fundamentos, rindi prueba documental consistentes en: 1) Certificado de pagos de cotizacionesó previsionales, de fecha 5 de junio de 2012, otorgado por don Esteban Segura R. Gerente General de PreviRed, correspondiente a do a Claudia Bernardita Castilloñ Aguilera; 2) Decreto Alcaldicio Nº1.588 de fecha 21 de febrero de 2011, que acepta renuncia voluntaria; 3) Decreto Alcaldicio Nº3.702 de fecha 14 de abril de 2011, que declara vacante el cargo; 4) Comprobantes de pago de cotizaciones previsionales AFP Habitat, otorgado por do a Rosita Ackermann O. Gerenteñ General AFP Habitat, correspondiente a los meses de junio y julio de 2009; 5) Decreto Alcaldicio Nº11.441 de fecha 30 de diciembre de 2010 que aprueba finiquito de trabajo; 6) Decreto Alcaldicio Nº2.313 de fecha 14 de marzo de 2011, que resuelve recurso de reposici n y aplica medida disciplinaria; 7) Decretoó alcaldicio Nº8.458 de fecha 28 de octubre de 2008, que aprueba nombramiento XKXZQDDKMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl contrata transitoria; 8) Decreto alcaldicio Nº10.061 de fecha 26 de diciembre de 2008, que aprueba prorroga de nombramiento. Todos estos documentos fueron acompa ados en forma legal, los que no fueron objetados.ñ TERCERO: Que es oportuno consignar que la parte demandante se mantuvo en rebeld a sin rendir prueba alguna en su defensa, ni desvirtuar lasí probanzas rendidas en contrario. CUARTO: Que de la documental acompa ada por la ejecutada señ desprende que efectivamente las cotizaciones perseguidas en la presente causa se encuentran pagadas, por lo que se tendr por acreditado el pago alegado por laá Ilustre Municipalidad de Monte Patria. En m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 1° y siguientes deé í la ley 17.322, 470 del C digo del trabajo y dem s normas legales pertinentes; seó á resuelve; I.- Que SE ACOGE la excepci n de pago opuesta por la I. Municipalidadó de Monte Patria, sin costas por no haber mediado oposici n.ó RIT: D-76-2011 RUC: 11-3-0209312-3 Proveyó el(la) Juez(a) del 3º Juzgado de Letras de Ovalle, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Ovalle a tres de julio de dos mil veinte , se notificó por el estado diario la resolución precedente./aar 2020-07-03T12:05:54-0400
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, recibiéndose la causa a prueba. Que con fecha 13 de octubre de 2017, se cit ó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la cuesti n controvertida que debe resolverse en autosó consiste en que si la ejecutada ha pagado la deuda que se cobra en autos. SEGUNDO: Que la parte demandada a fin de acreditar sus fundamentos, rindi prueba documental consistentes en: 1) Certificado de pagos de cotizacionesó previsionales, de fecha 5 de junio de 2012, otorgado por don Esteban Segura R. Gerente General de PreviRed, correspondiente a do a Claudia Bernardita Castilloñ Aguilera; 2) Decreto Alcaldicio Nº1.588 de fecha 21 de febrero de 2011, que acepta renuncia voluntaria; 3) Decreto Alcaldicio Nº3.702 de fecha 14 de abril de 2011, que declara vacante el cargo; 4) Comprobantes de pago de cotizaciones previsionales AFP Habitat, otorgado por do a Rosita Ackermann O. Gerenteñ General AFP Habitat, correspondiente a los meses de junio y julio de 2009; 5) Decreto Alcaldicio Nº11.441 de fecha 30 de diciembre de 2010 que aprueba finiquito de trabajo; 6) Decreto Alcaldicio Nº2.313 de fecha 14 de marzo de 2011, que resuelve recurso de reposici n y aplica medida disciplinaria; 7) Decretoó alcaldicio Nº8.458 de fecha 28 de octubre de 2008, que aprueba nombramiento XKXZQDDKMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hor
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Ovalle, tres de julio de dos mil veinte . Vistos: Que con fecha 16 de octubre de 2011, comparece el abogado don MANUEL JESUS FIGUEROA SAAVEDRA, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT, Instituci n deó Previsi n Social, todos domiciliados para estos efectos en Alameda 949 P.9 Of.ó 904, Santiago e interponme demanda ejecutiva en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MONTE PAT
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