26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

REID/PALMA - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°3735-2020) - (LTE) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: En cuanto al Ingreso Corte N°10.649-2019: 1°) Que la medida precautoria accede al juicio sobre cobro de pesos, que se encuentra con sentencia definitiva. 2°) Que el bien raíz objeto de la medida precautoria de que trata, pertenece al demandado en una porción de derechos, existiendo otros igualmente afectados por la subsistencia de la medida. 3°) Que atendido el tiempo trascurrido desde la concesión de la medida y tratándose de un asunto accesorio al juicio principal, por las razones que se exponen anteriormente, se procederá a alzar la medida precautoria decretada en los autos rol N° 11.110-2019. Y atendido lo dispuesto en el artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de junio de dos mil diecinueve, escrita a folio 10 del cuaderno respectivo y, en su lugar se declara que se alza la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos, decretada en la causa. En cuanto al Ingreso Corte N° 3.735-2020: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de febrero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-11.110-2019. Regístrese y comuníquese. N°Civil-10649-2019.

Fallo

se declara que se alza la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos, decretada en la causa. En cuanto al Ingreso Corte N° 3.735-2020: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de febrero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-11.110-2019. Regístrese y comuníquese. N°Civil-10649-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. A los folios N° 33 y 34: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: En cuanto al Ingreso Corte N°10.649-2019: 1°) Que la medida precautoria accede al juicio sobre cobro de pesos, que se encuentra con sentencia definitiva. 2°) Que el bien raíz objeto de la medida precautoria de que trata, pertenece al demandado en una porción

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