SIN INFORMACION

GALLARDO CHAPARRO MIGUEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Bernardo Galvarino Jorquera Rojas, abogado, en favor de MIGUEL ANDRÉS GALLARDO CHAPARRO, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abril de dos mil veintidós, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, al objeto de que se conceda al amparado el beneficio de libertad condicional de manera inmediata. Expone que cumple dos condenas, de tres años y un día y de sesenta y un días, respectivamente, sin especificar los delitos. Alega que, a pesar de que cumple con todos los requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional y haber superado todas las etapas para la postulación, se rechazó otorgarle el beneficio por

Fundamentos

motivos que hasta la fecha de interposición del recurso, desconoce. Agrega que cuenta con apoyo familiar necesario para desempeñarse correctamente en el medio libre. SEGUNDO: Que, informando, Alejandro Aguilar Brevis, presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio al amparado, pues, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, sin embargo, los antecedentes dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Profundiza que el postulante es un interno de alto compromiso delictual, atendido que es reincidente, cuya comisión de delitos se configura en la única fuente de ingresos económicos, manteniendo estereotipado discurso frente a la reinserción. Presenta un nivel de riesgo de reincidencia alto encontrándose en etapa de contemplación frente al cambio. No se aprecia una genuina motivación para el cambio. TERCERO: Que Gendarmería de Chile remite los antecedentes enviados a la Comisión de Libertad Condicional recurrida, en los que se establece que Miguel Andrés Gallardo Chaparro, cumple una condena de tres años y un día por el delito de robo con intimidación, otra de 541 días por el delito de receptación, y una tercera de 61 días por el delito de receptación, todas con fecha de inicio el 27 de diciembre de 2018, y de término el 22 de agosto de 2023. El amparado no registra beneficios intrapenitenciarios. Refiere que el condenado ha mantenido una conducta calificada como “Muy Buena” desde el bimestre julio – agosto de 2021 hasta la fecha. Del informe psicosocial acompañado se desprende que se trata de un interno reincidente, cuya comisión de delitos se configura en la única fuente de ingresos económicos, manteniendo estereotipado discurso frente a la reinserción. Presenta un nivel de riesgo de reincidencia alto, encontrándose en etapa de contemplación frente al cambio. Asimismo, visualiza como red de apoyo a su familia paterna, mismas figuras con las que comete delitos, lo que se considera un riesgo. Por último, se indica que no se aprecia una genuina motivación para el cambio. CUARTO: Que la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a aquellas personas que ilegalmente sufran cualquier privación, perturbación o amenaza de su derecho a la libertad personal y seguridad individual, mediante la adopción por parte de esta Corte de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio; QUINTO: Que el artículo 2 del D.L. 321, modificado por la Ley 21.124, en vigencia a contar del 18 de enero de 2019, incluye actualment

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Miguel Andrés Gallardo Chaparro, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1776-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Bernardo Galvarino Jorquera Rojas, abogado, en favor de MIGUEL ANDRÉS GALLARDO CHAPARRO, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abril de dos mil veintidós, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, al objeto

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica