SIN INFORMACION

NECULÑIR ITURRA KRISHNA PATRICIA/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - MINISTERIO PÚBLICO

Rol

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que por estimarse que no se denuncian hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en términos que la misma sólo puede ser privada o restringida “en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes”; 2°) Que, en cualquier caso, si de obtener información se tratara, el artículo 186 del Código Procesal Penal faculta a cualquier persona para acudir al respectivo juez de garantía con los fines perseguidos por el recurrente. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2379-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2379-2022.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, dos de junio de dos mil veintidós.- pam. Póngase en conocimiento de todos los intervinientes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Proveyendo al folio N°: A lo principal y al primer otrosí: aténgase a lo que se resolverá. Al segundo otrosí: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que por

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