21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/ÁVILA (LTE)

Rol

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, cabe señalar que el tenor de esa norma no libera a la parte ejecutante de instar por la prosecución del procedimiento, motivo por el cual, se revoca la resolución apelada de dieciocho de abril de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-31096-2019. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Graciela Gómez Quitral quien fue de opinión de confirmar la referida resolución, por su propios fundamentos. Comuníquese. N°Civil-5855-2022. Pronunciada por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral e integrada, además, por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y el ministro señor Tomás Gray Gariazzo. En Santiago, dos de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. Vistos: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, cabe señalar que el tenor de esa norma no libera a la parte ejecutante de instar por la prosecución del procedimiento, motivo por el cual, se revoca la resolución apelada de dieciocho de abril de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Primer

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