CARPIO DELGADILLO ROBERTO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
2 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Romina Riveros Orozco y deduce recurso de amparo en favor de Roberto Patricio Carpio Delgadillo, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo condenas de 15 años y 1 día por los delitos de robo con intimidación y 3.782 días por saldo de pena, registra como inicio de la condena el 15 de enero de 2005, y el término de la misma se proyecta para el 25 de mayo de 2030, por ende, lleva más de 17 años privado de libertad de manera ininterrumpida, y el tiempo de postulación a la libertad condicional se cumplió el 22 de abril de 2019. Agrega que en los últimos cuatro bimestres presenta conducta calificada como muy buena. Manifiesta que en el ámbito laboral, el interno se desempeña en diversas áreas y ha realizado actividades voluntarias, con el fin de utilizar su tiempo libre en actividades pro sociales. Ha realizado cursos que le han permitido adquirir más herramientas para su reinserción. Participa desde el año 2018 en programa de reinserción social, aprobando cursos y avanzando con alto logro en plan de intervención. Se encuentra a la espera de ser trasladado al CET de la unidad penal. Respecto del ámbito educacional, el actor actualmente se encuentra eximido ya que finalizó su enseñanza media. Y, cuenta con propuesta laboral concreta en el medio libre, como aseador y junior. Además cuenta con red de apoyo familiar. Previas citas legales, solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado y que este beneficio le sea concedido, ordenando su libertad inmediata. SEGUNDO: Que, informando el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, el señor Ministro Alejandro Aguilar Brevis, señala que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio al amparado, pues, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y además, mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321; sin embargo, los antecedentes dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Refiere que, analizados los documentos remitidos por la autoridad penitenciaria, es posible advertir que “…el postulante es un interno de alto compromiso delictual, con un riesgo de reincidencia igualmente alto, con necesidades de intervención en: educación/empleo, pares y patrón antisocial. Actualmente, se mantienen los factores anteriormente
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en representación de Roberto Patricio Carpio Delgadillo. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-1791-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Romina Riveros Orozco y deduce recurso de amparo en favor de Roberto Patricio Carpio Delgadillo, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por
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