NORAMBUENA CAMPOS, JORGE LUIS/SOCIEDAD DE INVERSIONES CIRAL LIMITADA
Rol
Fecha
2 de junio de 2022
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado Rodrigo Molina Bauer, en representación de la demandada Sociedad de Inversiones CIRAL Limitada, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha ocho de octubre de dos mil veintiuno, pronunciada en procedimiento de aplicación general sobre declaración de unidad económica, cobro de indemnizaciones y de prestaciones laborales, Rit O-602-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, que acogió parcialmente la demandada interpuesta por Jorge Luis Norambuena Campos en contra de su representada. Invoca, como motivo principal de nulidad, el contenido en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por cuanto la sentencia habría sido dictada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba, conforme a las reglas de la sana crítica Aduce que existe una manifiesta infracción de las reglas de la sana crítica la que ha llevado al tribunal a tener por suficientemente establecida la configuración de los presupuestos que autorizan a proceder a la declaración de la existencia de un empleador único, o unidad económica, como el
Fallo
fallo prefiere denominarlo, entre la demandada principal y su representada, en la medida que resulta evidente que el razonamiento en función del cual la sentenciadora arriba a la conclusión que fundamenta su decisión no se apega a los principios de la lógica. Esto, por cuanto la conclusión final, de que las dos empresas demandadas habrían actuado como unidad económica a efectos laborales, por cuanto se habrían administrado de manera conjunta, en el sentido de que una suscribía contratos con terceros y contrataba trabajadores, y la otra quedaba a resguardo, es realmente rayana en la arbitrariedad y por ende ilógica, careciendo casi absolutamente de asidero en el mérito del proceso, quedando el poco sustento que podría, en el mejor de los casos, entenderse que podría tener, descartado por el tenor de piezas probatorias que no fueron tomadas en cuenta a estos efectos, so pretexto de que serían insuficientes para modificar lo razonado, pero sin proporcionar expresamente una justificación atendible para ello, si es que dicha explicación realmente hubiera existido. En efecto, señala, el tribunal ha concluido que se habría acreditado la existencia de los supuestos que permitirían concluir que Sociedad Constructora e Inmobiliaria Rodrigo Arancibia Limitada y Sociedad de Inversiones CIRAL Limitada constituirían una unidad económica, ello sobre la base de las siguientes piezas probatorias: - Del oficio o informe de la Inspección Provincial del Trabajo, respecto del cual la sentenciado
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Norambuena Campos, Jorge Luis Sociedad de Inversiones Ciral Limitada Indemnización por años de perjuicio Rol N° 282-2021.- (O-602-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena) La Serena, dos de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado Rodrigo Molina Bauer, en representación de la demandada Sociedad de Inversiones CIRAL Limitada, interpone recurso de nulid
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