ARIAS HERNANDEZ HENRY DEL CARMEN/MINISTERIO RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
1 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece don Kevin Abel Canedo Cueto, en nombre de don Henry del Carmen Arias Hernández, de nacionalidad venezolana, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. Indica el amparado solicitó visa de responsabilidad democrática a través del Sistema de Atención Consular. Luego, con fecha 7 de agosto de 2020 se le indicó que su visa fue recibida satisfactoriamente. Expone que con fecha 11 de noviembre de 2020, de forma arbitraria e ilegal, el ente recurrido cerró la solicitud de visa de responsabilidad democrática, mediante correo electrónico enviado de forma genérica a miles de solicitantes de Visa de Responsabilidad Democrática. Dicho acto, constituye un acto ilegal y arbitrario por cuanto resuelve de manera genérica todas las solicitudes de visa que se encontraban en trámite, siendo evidente que no todas las personas se encuentran en la misma situación. Tal irregularidad constituye una infracción grave al deber que impone a la Administración el artículo 41 de la Ley 19.880. Estima vulnerado el derecho a la libertad ambulatoria en su dimensión externa que los habilita para entrar y salir del país. Cita jurisprudencia (ingresos roles Amparo-94.615-2021 de la Excma. Corte Suprema y Amparo-4227-2021, Amparo-2561-2021, Amparo 2493-2021 y Amparo 3378-2021 de este Ilustrísimo Tribunal). Solicita se ordene a la recurrida resolver su solicitud de visa, señalando expresamente que deberá resolverse de acuerdo a las exigencias normativas vigentes al momento de su presentación, en el plazo de 10 días corridos, con costas. Segundo: Informando la recurrida, comparece don Cristian Rodrigo Donoso Maluf, embajador, Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior, solicitando el rechazo del recurso. Refiere que por Henry del Carmen Arias Hernández, fue ingresada solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática (VRD) con pasaporte N°157823279, SAC N° 759073, con fecha 29 de octubre de 2019, ante el Consulado General de Chile en Caracas, Venezuela. Expone que se debe tener en consideración la situación sanitaria vivida en nuestro país y en el resto del mundo a raíz de la pandemia del virus Covid-19, cuestión que llevó a que
Fallo
se declarara un estado de excepción constitucional, el que se ha ido prorrogando sucesivamente, y habiéndose incluso cerrado las fronteras en nuestro país para el tránsito de extranjeros a territorio nacional mediante el Decreto Supremo N° 102 de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, restricción que fue levantada recién el día 23 de noviembre pasado mediante el Decreto N° 500 de 2020, dicho cierre de fronteras duró aproximadamente ocho meses. Luego, y en cuanto al funcionamiento del Consulado General de Caracas en Chile, explica que se encuentra regulado por la Convención de Viene sobre Relaciones Consulares de 1967, en la que se establece que las oficinas consulares deben dar estricto cumplimiento a las normas y leyes de los estados receptores, señalando que en Venezuela desde el día 13 de marzo de 2020, se declaró el estado de alarma para todo el territorio, prohibiéndose distintas actividades, entre ellas las de atención de público presencial, incluyéndose por tanto los trámites en el consulado nacional referido. Explica que dicho estado de alarma ha sido prorrogado sucesivamente mediante diversos decretos, por lo que si bien, reconoce que los trámites pueden iniciarse actualmente por la vía telemática, la revisión de los documentos presencial es esencial y determinante. Hace presente también que el Consulado General de Chile en Caracas ha tenido una sobrecarga laboral, por cuanto se han tramitado cerca de 22.301 solicitudes de visas, considerando que el
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C.A. de Santiago Santiago, primero de junio de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Comparece don Kevin Abel Canedo Cueto, en nombre de don Henry del Carmen Arias Hernández, de nacionalidad venezolana, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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