BECHARA SANKARI EL KHOURY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que, a folio uno, con fecha 18 de marzo de 2022, se interpone recurso de protección en favor de Bechara Sankari El Khoury, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de resolución de la solicitud de permanencia definitiva, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, solicita que se resuelva, sin más trámite, las solicitudes de permanencia definitiva, respecto de la resolución que en derecho corresponda en el más breve plazo, con costas, Explica que ingreso al país por paso habilitado en el año 2019, obteniendo una visa temporaria, rol único nacional, y antes de su vencimiento solicito la visa de permanencia definitiva, sin tener ningún resultado hasta la fecha, por 19 meses, viéndose privada de ofertas laborales e incluso de ascensos. Alude a las políticas del servicio y al principio de celeridad según la ley de bases de los procedimientos administrativo. Que, a folio dieciocho, se prescindió del informe de la recurrida y se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento respecto a la solicitud de permanencia definitiva presentada por el recurrente. Segundo: Que, teniendo presente lo informado por la entidad recurrida en estrados y los antecedentes acompañados en autos, se advierte que con fecha diez de octubre de dos mil veintiuno, la extranjera se desistió de todo proceso migratorio, lo que incluye la solicitud de permanencia definitiva, misma oportunidad que se somete al proceso de regularización extraordinaria contemplado en el artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.325, lo que permite concluir que la autoridad administrativa no ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880, no existiendo medidas que esta Corte pueda adoptar para reestablecer el imperio del derecho, motivo suficiente para rechazar el presente recurso. Y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Bechara Sankari El Khoury en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-12720-2022. En Valparaíso, uno de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Que, a folio uno, con fecha 18 de marzo de 2022, se interpone recurso de protección en favor de Bechara Sankari El Khoury, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de resolución de la solicitud de permanencia definitiva, lo que conc
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