SIN INFORMACION

HECTOR MAURICIO LEDEZMA CONTRERAS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

1 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, Defensor Público Penitenciario, por el condenado don HÉCTOR MAURICIO LEDEZMA CONTRERAS, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N°382-2022, de fecha 14 de abril de 2022, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado. Expone que actualmente el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes penas: DELITO: ROBO LUGAR NO HABITADO; TIEMPO DE CONDENA: 80 DÍAS; CAUSA RIT N°: 1575-2015; CAUSA RUC N°: 1500525301-K; TRIBUNAL: JUZGADO GARANTÍA DE OVALLE. DELITO: ROBO LUGAR NO HABITADO; TIEMPO DE CONDENA: 61 DÍAS; CAUSA RIT N°: 1772-2015; CAUSA RUC N°: 1500610244-9; TRIBUNAL: JUZGADO GARANTÍA DE OVALLE DELITO: ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO; TIEMPO DE CONDENA: 541 DÍAS; CAUSA RIT N°: 760-2015; CAUSA RUC N°: 1500244389-6; TRIBUNAL: JUZGADO GARANTÍA DE OVALLE DELITO: ROBO LUGAR NO HABITADO; TIEMPO DE CONDENA: 301 DÍAS; CAUSA RIT N°: 2250-2018; CAUSA RUC N°: 1800701252-3; TRIBUNAL: JUZGADO GARANTÍA DE OVALLE DELITO: ROBO LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN; TIEMPO DE CONDENA: 3 AÑOS Y 1 DÍA; CAUSA RIT N°: 2364-2018; CAUSA RUC N°: 1800740253-4; TRIBUNAL: JUZGADO GARANTÍA DE OVALLE Agrega que de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile: Bimestres muy buena conducta: 5 bimestres Fecha de inicio condena: 1 DE AGOSTO DE 2018. Fecha de término condena: 6 DE ABRIL DE 2024. Tiempo Mínimo: 14 DE MAYO DE 2022 correspondiente a 2/3 del tiempo total. Hace presente que la Comisión de Libertad Condicional, negó al amparado la libertad condicional por considerar que no existe conciencia del delito en el condenado, que no permite demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, lo que se aleja completamente de los verdaderos avances en el proceso de inserción social del condenado En tal sentido, destaca los aspectos relevantes en relación al proceso de reinserción social de su representado, los cuales constan en informe social elaborado por la trabajadora social Ornella Spielman Guerrero, el cual transcribe. Aduce que la resolución mediante la cual rechaza la concesión de Libertad Condicional a su representado, atendiendo a que, no cumpliría con los requisitos necesarios para concederle la Libertad Condicional, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal del amparado, en contravención a lo dispuesto por la Constitución y las Leyes. Es un acto ilegal, infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338/2019 de septiembre 2020, que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. Constituye un acto arbitrario, considerando el argumento esgrimido por la resolución que rechaza la concesión de Libertad Condicional. En este punto, alega INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 1° INCISO 1° DEL DL 321: LA COMISIÓN NO CONSIDERÓ L

Fallo

Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele el beneficio de la libertad condicional. Acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de la resolución N°382-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional; 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional; 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional; 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Ornella Spielman Guerrero. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, quien señala que efectivamente, por resolución N°382-2022 de 14 de abril de los corrientes, se rechazó la solicitud de Libertad Condicional del mencionado interno, quien cumple actualmente condena por varios delitos de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, además de un delito de robo con fuerza en las cosas en bienes nacionales de uso público y otro de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, invocando como fundamentos, que de acuerdo al informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que presenta un riesgo medio de reincidencia, sin que evidencie conciencia del mal causado por su actuar ilícito, y sin que manifieste un rechazo explícito a los delitos cometidos. Destaca que para resolver como se hizo, se tuvo presente las anotaciones prontuariales que re

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Ledezma Contreras, Hector Mauricio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 200-2022.- La Serena, uno de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece RODOLFO ALEJANDRO BÓRQUEZ GALLEGUILLOS, abogado, Defensor Público Penitenciario, por el condenado don HÉCTOR MAURICIO LEDEZMA CONTRERAS, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Com

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