1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

URREJOLA/INMOBILIARIA EL PEÑÓN S.A.

Rol

Fecha

1 de junio de 2022

Materia

ACCIÓN COLECTIVA LEY CONSUMIDOR N° 19.496

Resultado

CH INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que la resolución recurrida – en cuanto rechaza la petición del demandado de aplicar al demandante los apercibimientos dispuesto a su respecto en torno a la exhibición de documentos- no es de aquellas que establecen derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. Segundo: Que, por su parte, el artículo 188 del mismo código establece que “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley”, situación que tampoco ocurre en la especie, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187 y 188, todos del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación subsidiario y directo interpuestos en contra de la resolución del día veinte de abril del año en curso dictada en la causa Rol C-15590-2020 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto. Devuélvase por interconexión. Rol N° 624-2022 CIV

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187 y 188, todos del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación subsidiario y directo interpuestos en contra de la resolución del día veinte de abril del año en curso dictada en la causa Rol C-15590-2020 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto. Devuélvase por interconexión. Rol N° 624-2022 CIV

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CH(kce) En San Miguel, primero de junio de dos mil veintidós. A sus antecedentes certificado de Relatora. Vistos: Primero: Que la resolución recurrida – en cuanto rechaza la petición del demandado de aplicar al demandante los apercibimientos dispuesto a su respecto en torno a la exhibición de documentos- no es de aquellas que establecen derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronunci

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