JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

MP C/ PATRICIO ALEJANDRO GONZALEZ ASENJO

Rol

Fecha

1 de junio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando:           1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Competencia Común de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al encartado, sin perjuicio de las consideraciones que se hicieran valer por la defensa. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta se configura a su respecto, en esta etapa de la investigación, por la naturaleza y gravedad del ilícito investigado en torno a las circunstancias de comisión y la sanción posible a imponer, lo que permite estimar que el peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima sólo se ve resguardado por la prisión preventiva. Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintidós de mayo del año en curso, dictada por don Pablo Farfán Kemp, Juez del Juzgado de Competencia Común de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ ASENJO. Devuélvase. Rol Penal 325-2022

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, uno de junio de dos mil veintidós. Vistos y considerando:           1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Competencia Común de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervi

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