HUENUPÁN/CONSTRUCTORA LAUTARO LIMITADA
Rol
C-2275-2019
Fecha
26 de junio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Santiago, veintis is de junio de dos mil veinte.é Por cumplido lo ordenado con fecha 9 y 19 de junio de 2020, en el sentido de tener por precisada la fecha en que se habr an pagado las cotizaciones adeudadasí respecto de cada uno de los trabajadores demandantes, estese a lo que se resolver .á En cuanto a la petici n de la ejecutada, de fecha 18 de junio pasado,ó incorporada bajo la referencia “resuelve incidente”:
Fundamentos
Considerando lo expuesto por la ejecutada, y los instrumentos aportados por aqu lla en sus presentaciones de fecha 4 de junio de 2020, é consistentes en certificados y planillas de pago de cotizaciones de seguridad social, como carta remitida a los ejecutantes y respectivo comprobante de env o, de fecha 12 deí diciembre de 2019, informando el pago de las cotizaciones adeudadas, constituyen antecedentes a partir de los cuales resulta suficientemente acreditado el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y desempleo adeudadas, conforme lo ordenado en el t tulo de la ejecuci n, raz n por la cualí ó ó se ACOGE la petici n manifestada poró la ejecutada, en el sentido de tener presente el pago que refiere y por convalidado el despido con fecha 16 de diciembre de 2019, por corresponder dicha data a aqu lla en que se habr a comunicado el pago de las cotizacionesé í adeudadas. En raz n de lo expuesto, se ordena proceder a la reliquidaci n del cr dito,ó ó é incluyendo las remuneraciones sancionatorias hasta la fecha precedentemente aludida, 16 de diciembre de 2019. Resolviendo derechamente la petici n de la ejecutada, de fecha 28 deó mayo de 2020, incorporada bajo la referencia “solicitud que indica”: A fin de determinar la procedencia del alzamiento de las medidas de retenci n decretadas en los t rminos que se plantea, c mplase por el funcionarioó é ú que corresponda, con la reliquidaci n del cr dito decretada precedentemente.ó é RIT: C22752019 RUC: 1840123311K Provey el (la) Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsionaló de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago, veintis is de junio de dos mil veinte,é se notific por el estadoó diario la resoluci n precedente.ó JYGXQBXTQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl Itc. 2020-06-26T12:44:20-0400
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Santiago, veintis is de junio de dos mil veinte.é Por cumplido lo ordenado con fecha 9 y 19 de junio de 2020, en el sentido de tener por precisada la fecha en que se habr an pagado las cotizaciones adeudadasí respecto de cada uno de los trabajadores demandantes, estese a lo que se resolver .á En cuanto a la petici n de la ejecutada, de fecha 18 de junio pasado,ó incorporada bajo la referencia
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