RENE JAIME GOMEZ GATICA/CUARTA SALA ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparecen los abogados MATÍAS MUNDACA CAMPOS y MARÍA JOSÉ REINOSO RODRÍGUEZ, en representación del condenado RENÉ JAIME GÓMEZ GATICA, actualmente cumpliendo condena en el CCP de Valparaíso, interponiendo recurso de amparo en contra de los señores Ministros Don Raúl Mera Muñoz y doña Inés María Letelier Ferrada, integrantes de la Cuarta Sala de la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, por la resolución dictada en la vista de la causa del día 07 de abril de 2022, por la cual se revocó lo resuelto por el Juzgado de Garantía de Valparaíso en cuanto a sustituir la pena corporal del amparado por la sustitutiva de libertad vigilada intensiva, acto que estima ilegal y que vulnera su derecho a la libertad y seguridad individual del artículo 19 Nº7 de la Constitución Política. Señala que el amparado, por sentencia de fecha 15 de enero de 2022 dictada en autos RIT 251-2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, se encuentra cumpliendo una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 10 Unidades tributarias mensuales, como autor del delito de cultivo y cosecha de especies vegetales del género cannabis careciendo de la debida autorización, y una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales, como autor del delito de tenencia de arma de fuego prohibida, penas cuyo cumplimiento se ordenó efectivo en atención a la normativa de la ley 18.216 que se encontraba vigente a la fecha de la sentencia, la que impedía optar a pena sustitutiva por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego. Luego, expresa que entró en vigencia la ley Nº21.412, que modificó la Ley Nº17.798 y la Ley Nº18.216, permitiendo optar a pena sustitutiva a aquellas personas condenadas por delitos contemplados en la Ley de Control de Armas que no fueran reincidentes, en la medida que reuniesen los requisitos generales. De igual forma, señala que conforme el artículo 18 del código penal, en su inciso tercero, si se promulga una ley más beneficiosa después de ejecutoriada una sentencia, el tribunal que hubiere pronunciado el
Fallo
fallo deberá modificarlo de oficio o a petición de parte. En virtud de lo anterior, indica que solicitó audiencia para la revisión de la sentencia, y en audiencia de fecha 17 de marzo de 2022, el Juzgado de Garantía de Valparaíso accedió a otorgar la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, al considerar que el amparado cumplía los requisitos por haber sido condenado a una pena en concreto de 3 años y 1 día, correspondiendo a una pena de simple delito, además de cumplir con el resto de los requisitos. Sin embargo, indica que dicha resolución fue apelada por el Ministerio Público, y con fecha 7 de abril de 2022 la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, indicando como fundamento que el delito cometido por amparado corresponde a un delito con pena de crimen. En razón de lo anterior, afirma que la decisión de la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso es ilegal, ya que no hizo aplicación de la ley más beneficios al condenado. Asimismo, que le causa un perjuicio a su representado, dado que lo mantiene privado de libertad de manera ilegal, en circunstancias que cuenta con antecedentes sociales y psicológicos favorables y cumple con los requisitos legales de procedencia de la pena sustitutiva. En cuanto al derecho, invoca el artículo 19 número siete de la Constitución política, que consagra el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual; como también, el artículo 21 de la Carta Política. Adicionalmente, invoca el a
Texto Completo (Preview)
Gómez Gatica, René Jaime Cuarta Sala I.C.A. Valparaíso Recurso de Amparo Rol Nº 196-2022.- La Serena, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparecen los abogados MATÍAS MUNDACA CAMPOS y MARÍA JOSÉ REINOSO RODRÍGUEZ, en representación del condenado RENÉ JAIME GÓMEZ GATICA, actualmente cumpliendo condena en el CCP de Valparaíso, interponiendo recurso de am
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