SIN INFORMACION

PINEIDA MORA EDUARDO ENRIQUE/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que se dedujo, mediante formulario, acción de amparo en favor de Eduardo Enrique Pineida Mora, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional. SEGUNDO: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 15 de abril último se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “Que entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de alto compromiso delictual, multi-reincidente y que arroja un elevado riesgo de reincidencia. Mantiene altas necesidades de intervención en las áreas de empleo, uso de tiempo libre, asociación a pres criminógenos patrón antisocial, actitud pro criminal, sumado a esto una personalidad con potencial criminógeno que aumenta el riesgo de cometer un nuevo delito una vez que logre reincorporarse al medio libre. Se observa escasa disposición al cambio, encontrándose en etapa pre contemplativa, sin que hay logrado problematizar la necesidad de su intervención ni cambio de conducta delictiva. Evidencia una minimización y distorsión de los hechos cometidos, demostrando escasa conciencia del delito y daño causado. Además, no mantiene planificación estructurada para el futuro, con un discurso ambiguo frente a la posibilidad de cometer n

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Eduardo Enrique Pineida Mora en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1694-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino e integrada, además, por el ministro señor Tomas Gray Gariazzo y la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. En Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que se dedujo, mediante formulario, acción de amparo en favor de Eduardo Enrique Pineida Mora, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado

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