2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

BANCO DE ESTADO DE CHILE/ROSAS

Rol

Fecha

31 de mayo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa y la relación efectuada en la misma, teniendo en consideración el tenor del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que “Vencido el término probatorio, tendrán las partes seis días para hacer por escrito las observaciones que el examen de la prueba sugiera. Vencido este plazo, háyanse o no presentado escritos, y sin nuevo trámite, el tribunal citará a las partes para oír sentencia;” y encontrándose aquella en este presupuesto legal, toda vez que el término probatorio se encuentra vencido y la parte ejecutada no ha dado tramitación al oficio solicitado en su oportunidad, el cual se indicó que su tramitación era de carga de la parte solicitante, y sin perjuicio de las medidas para mejor resolver que el Tribunal pueda adoptar en su oportunidad; por tanto y de conformidad a lo establecido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, ordenándose al Tribunal a quo citar a las partes a oír sentencia.  Regístrese y devuélvase.  ROL CIVIL N°470-2022.

Fallo

por tanto y de conformidad a lo establecido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, ordenándose al Tribunal a quo citar a las partes a oír sentencia.  Regístrese y devuélvase.  ROL CIVIL N°470-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa y la relación efectuada en la misma, teniendo en consideración el tenor del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que “Vencido el término probatorio, tendrán las partes seis días para hacer por escrito las observaciones que el examen de la prueba sugiera

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