PEREZ VALENCIA ANNY JULIANA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Carlos Amador Mardones Escalona, quien interpone acción de amparo en favor de su conviviente Anny Juliana Perez Valencia y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a la irregularidad consistente en la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de regularización migratoria de la amparada. Señala que doña Anny Juliana Pérez, ingresó a Chile en el año 2019, y desde entonces ingresó su solicitud de visa sujeta a contrato, la cual le fue concedida. Posteriormente, el 19 de agosto de 2021, la amparada se acogió a la regularización migratoria contemplada en el artículo 8º transitorio de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería. Dicho artículo dispone lo siguiente: “Los extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encuentren en situación migratoria irregular podrán, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación de la presente ley, solicitar un visado de residencia temporal sin ser sancionados administrativamente. Se otorgará el visado solicitado a todos aquellos que no tengan antecedentes penales. Una vez ingresada la solicitud, se les concederá un permiso temporal para la realización de actividades remuneradas durante el tiempo que demore su tramitación.” Indica que dicho artículo sólo establece dos requisitos para conceder a la amparada una visa temporaria: i) que hubiese ingresado al país por un paso habilitado antes del 18 de marzo de 2020, requisito que ella cumple según se exhibe en su pasaporte y que se aportará, y ii) el no tener antecedentes penales en el país de origen, requisito que también se cumple, según se desprende del certificado de antecedentes penales colombianos. Sin embargo, a la fecha de presentación de esta acción, han transcurrido más de 6 meses desde que la amparada ha presentado su solicitud de regularización, sin que el Servicio Nacional de Migraciones emita pronunciamiento al
Fallo
por tanto, la acción interpuesta en contra de esta autoridad es improcedente. Señala que el 20 enero 2019, la extranjera ingresa a territorio nacional desde Colombia, por el aeropuerto Arturo Merino Benítez y el 13 agosto 2019, mediante Resolución Exenta Nº 216.162 del Departamento de Extranjería y Migración, se otorgó Visación de residencia sujeta a contrato a la recurrente, cuyo vencimiento era el 10 septiembre del 2020. Señala que el 4 agosto 2020, la extranjera solicitó al servicio el beneficio de Permanencia Definitiva y el 19 de agosto de 2021, la recurrente solicitó ante esta autoridad regularizar su situación migratoria en virtud del Proceso de Regularización contemplado en el artículo 8° transitorio de la Ley 21.325, que actualmente se encuentra en trámite, en etapa de análisis. En virtud de lo anterior, la autoridad migratoria dictó la Resolución Exenta N° 21128259, de fecha 19 de agosto de 2021, que admite a trámite la solicitud, y otorga permiso de trabajo al extranjero de marras. Precisa que en esa resolución, se tuvo por desistido todo trámite pendiente en materia migratoria presentado por el extranjero, específicamente, se desiste expresamente también de la solicitud de Permanencia Definitiva. Afirma que ese Servicio no ha dictado resolución ni decreto que disponga el abandono, la expulsión o alguna sanción en contra del amparado que restrinja o prohíba el tránsito, egreso o ingreso al territorio nacional. Por consiguiente, no es procedente establecer la ex
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Proveyendo a los folios 11, 12, 13 y 14; A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Carlos Amador Mardones Escalona, quien interpone acción de amparo en favor de su conviviente Anny Juliana Perez Valencia y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a la irregularidad consist
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica