SIN INFORMACION

MAZUELA ÑANCA GABRIEL ALEXIS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Romina Rivero Orozco, en favor de Gabriel Alexis Mazuela Ñanca, privado de libertad en el Centro de Detención Penitenciaria Colina I, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de abril del presente año, rechazó conceder el beneficio de la Libertad Condicional al amparado. Solicita se acoja el presente arbitrio y en definitiva restablezca el imperio del derecho, disponiendo se modifique la resolución citada y se decrete conceder de manera inmediata la Libertad Condicional del amparado. Se refiere a los antecedentes penales del amparado, quien cumple con el tiempo mínimo y presenta conducta intachable. Agrega que la decisión de rechazo se funda únicamente en el informe psicosocial que es tan solo uno de los tres requisitos exigidos en el artículo 2º de la norma que regula este beneficio. Refiere que le otorga una importancia radical y desmerece absolutamente, otro requisito de igual o más importancia, que es tener una calificación de conducta intachable por al menos 8 meses, insistiendo, en lo restante, en que cumple con los requisitos objetivos. Segundo: Que, evacuando su informe el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada que señala: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión, es posible advertir que el postulante es un interno de alto compromiso delictual y presenta alto riesgo de reincidencia. Señala el informe que el interno presenta conductas antisociales precoces y diversas, reiteradas detenciones y procesos judiciales, con escalada en la dinámica del delito, llegando al uso de la fuerza y violencia en la obtención de sus objetivos. Además, se observan actitudes delictuales con tendencia a favor del delito justificando sus conductas como un medio váli

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Gabriel Alexis Mazuela Ñanca, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-1705-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Romina Rivero Orozco, en favor de Gabriel Alexis Mazuela Ñanca, privado de libertad en el Centro de Detención Penitenciaria Colina I, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de abril del presente añ

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