SANTANDER SANTANDER ALEJANDRO IGNACIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Romina Rivero Orozco, en favor de Alejandro Ignacio Santander Santander, privado de libertad en el Centro de Detención Penitenciaria Colina I, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de abril del presente año, rechazó conceder el beneficio de la Libertad Condicional al amparado. Solicita se acoja el presente arbitrio y en definitiva restablezca el imperio del derecho, disponiendo se modifique la resolución citada y se decrete conceder de manera inmediata la Libertad Condicional del amparado. Se refiere a los antecedentes penales del amparado, quien cumple con el tiempo mínimo y presenta conducta intachable, además, cuenta con una propuesta de trabajo consistente en administrativo en Ingeniería y Construcción PM SpA. Agrega que la decisión de rechazo se funda únicamente en el informe psicosocial que es tan solo uno de los tres requisitos exigidos en el artículo 2º de la norma que regula este beneficio. Refiere que le otorga una importancia radical y desmerece absolutamente, otro requisito de igual o más importancia, que es tener una calificación de conducta intachable por al menos 8 meses, insistiendo, en lo restante, en que cumple con los requisitos objetivos. Segundo: Que, evacuando su informe el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada que señala: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión y de la lectura del informe incorporado, es posible advertir que: Se trata de un interno de mediano compromiso delictual y cuenta con plan de intervención individual. Presenta un riesgo medio de reincidencia con necesidades medias de intervención en las áreas de familia/pareja y utilización de tiempo libre. Se desempeña como mozo de la Brigada de incendios de la unidad y
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Alejandro Ignacio Santander, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-1698-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Romina Rivero Orozco, en favor de Alejandro Ignacio Santander Santander, privado de libertad en el Centro de Detención Penitenciaria Colina I, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de abril del present
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