PORTILLO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR-SERVICIO
Rol
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, por sí y a favor de Eleana Margarita Portillo Rodríguez, de nacionalidad venezolana, vienen en interponer acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria en la omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, pedida el 25 de noviembre de 2020, al impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 nº2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Sostienen que doña Eleana Margarita Portillo Rodríguez, ingresó al país en calidad de turista. Estando dentro del país cambia su condición migratoria a residente temporaria, según consta en estampado de visa, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en Chile. En ese sentido, con fecha 25 de noviembre de 2020, previo al vencimiento de su visa como residente temporaria, doña Eleana Portillo solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Sin embargo, hasta la fecha no han recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que los mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. En cuanto al derecho, se refiere a la admisibilidad del recurso de protección. Sostiene que es importante destacar que atendido al permanente perjuicio que reporta la omisión recurrida, es que se encuentra dentro del plazo, cita jurisprudencia de la Iltma. Corte de Apelaciones sobre el asunto. Explica que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitudes de permanencia definitiva. Menciona los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley
Fallo
Por tanto, el envío de la solicitud de permiso de Permanencia Definitiva de los extranjeros, debe ser completa, ya que la autoridad, de conformidad al artículo 135 del Reglamento de Extranjería, y producto del análisis de la información incorporada en la solicitud, determina la admisibilidad que permite pronunciarse sobre ella y mantener la regularidad migratoria del solicitante. En este caso, la solicitud presentada por la extranjera era incompleta por lo que se requirió que en el plazo de 30 días se acompañen los documentos faltantes para poder continuar la tramitación de su solicitud y otorgar respuesta. En consecuencia, se sostiene que la autoridad administrativa ha actuado siempre conforme a la Constitución y a las normas legales y reglamentarias vigentes, dentro de la esfera de sus competencias, y siguiendo los procedimientos que dichas normas establecen para el procesamiento y resolución de una solicitud de permiso de permanencia definitiva, motivo por el que el recurso de protección debe ser rechazado en todas sus partes. Solicita se rechace la acción de protección en todas sus partes, por no existir ni haber existido acción u omisión ilegal o arbitraria por parte de esta autoridad que pueda haber perturbado de forma alguna los derechos fundamentales de los recurrentes en la forma señalada en su acción, reiterándose que el actuar de la autoridad migratoria ha sido en todo momento conforme a la Constitución, leyes y reglamentos vigentes aplicables, no siendo procedente
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, por sí y a favor de Eleana Margarita Portillo Rodríguez, de nacionalidad venezolana, vienen en interponer acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del
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