BRECAS/GALDAMES
Rol
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1° Que el recurso de nulidad interpuesto a folio 67 por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, carece de peticiones concretas que se sometan al conocimiento de esta Corte, incumpliendo lo dispuesto en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo, desde que la recurrente, señala al inicio de su libelo que “interpongo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 06 de Mayo del 2022, por el señor Juez Titular del 2° Juzgado de Letras del Trabajo, don Guillermo Rodriguez Ordenes, que acogió la demanda interpuesta en contra de mi representado don César Galdames Sandoval.” Luego, en la página N°3, agrega, “interpongo el presente recurso respecto, toda vez que, la sentencia se encuentra viciada de nulidad, pues, ha sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica.”; y en la página final señala “(…) en el petitorio, constan las peticiones concretas formuladas al Tribunal.”. Finalmente en el petitorio aludido por el recurrente se indica: “SÍRVASE SS., tener por interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 06 de Mayo de 2022, concederlo para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a fin de que dicho tribunal acogiéndolo, invalide el fallo recurrido, y dicte el correspondiente fallo de reemplazo respecto de la inexistencia de acción de despido verbal imputada a mi representado, lo que motivó la condena al pago de diversas prestaciones indemnizatorias y recargos legales, que no se ajustan a derecho en estimación del suscrito”, sin expresar qué debiera resolver la sentencia de reemplazo a la que alude en su libelo. 2° Que, de lo recién transcrito fluye una excesiva ambigüedad acerca de las peticiones que se formulan a esta Corte, al punto que las mismas no pueden ser calificadas de concretas –como exige la ley-, y resulta imposible soslay
Fallo
fallo recurrido, y dicte el correspondiente fallo de reemplazo respecto de la inexistencia de acción de despido verbal imputada a mi representado, lo que motivó la condena al pago de diversas prestaciones indemnizatorias y recargos legales, que no se ajustan a derecho en estimación del suscrito”, sin expresar qué debiera resolver la sentencia de reemplazo a la que alude en su libelo. 2° Que, de lo recién transcrito fluye una excesiva ambigüedad acerca de las peticiones que se formulan a esta Corte, al punto que las mismas no pueden ser calificadas de concretas –como exige la ley-, y resulta imposible soslayar, toda vez que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, y las imprecisiones anotadas resultan de tal entidad, que no deja a esta Corte en posición de definir cuál es la pretensión del recurrente. Por estas consideraciones y en conformidad, asimismo, con lo que disponen los artículos 474, 477, 478, 479, 480 y 481 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-1541-2022.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, tres de junio de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que el recurso de nulidad interpuesto a folio 67 por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, carece de peticiones concretas que se sometan al conocimiento de esta Corte, incumpliendo lo dispuesto en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo,
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