SIN INFORMACION

ECHEVERRÍA/VELÁSQUEZ

Rol

Fecha

30 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Omar Segundo Del Carmen Echeverría Vega, profesor de Estado, domiciliado en calle Las Casas 951, La Serena, quien deduce recurso de protección, en contra de la Corporación Municipal De Desarrollo Social De Antofagasta, representada por su Presidente Ejecutivo y Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, Jonathan Velásquez Ramírez, domiciliado en Oficina de administración municipal en Antofagasta, con dirección en Av. Argentina 1595, Segundo Piso, Antofagasta, por los descuentos en sus remuneraciones hasta el 28 de marzo de 2022, estimando vulnerados sus derechos del artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución de la República, solicitando se ordena a la recurrida restituir la suma descontada en las remuneraciones, desde Diciembre de 2021 a Marzo de 2022, y suspender cualquier otro acto que implique vulneración de derechos, con costas. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda el recurso en que la recurrida ha dispuesto en forma arbitraria y abusiva el descuento en sus remuneraciones del monto $3.208.758, correspondiente a las remuneraciones del mes de diciembre de 2021 a marzo de 2022, motivado en el rechazo de las licencias médicas, que fueran concedidas en forma justificada y legítima por el médico Carlos González Mella. Alega que en forma ilegal y arbitraria se procedió a realizar descuentos por planilla en las remuneraciones aduciendo el deber de reintegrar los montos percibidos por licencias médicas que, habrían sido rechazadas por la autoridad sanitaria competente. Solicitando se ordene a la recurrida restituir la suma descontada en las remuneraciones desde el mes de Diciembre de 2021 a Marzo de 2022, y suspender cualquier otro acto que implique vulneración de derechos, con costas. SEGUNDO: Que Pablo Cornejo Castillo, Abogado, en representación de la recurrida Corporación Municipal De Desarrollo Social De Antofagasta, informa solicitando el rechazo del recurso. Expone que Omar Echeverría Vega es parte de la dotación docente de CMDS desde el 01 de mayo del año 2004, ostentando actualmente el cargo de profesor en la Escuela D-68 “José Papic Radnic”. Contrato de trabajo regulado por las disposiciones de la ley N°19.070 o Estatuto Docente, por lo que atendido al régimen estatutario que rige la relación laboral entre CMDS y el Sr. Echeverría Vega, al momento en que el docente ha estado con licencia médica, se ha procedido al pago íntegro de sus remuneraciones, en virtud del artículo 38 de la Ley N°19.070. Sostiene que durante el año 2021 se le extendieron diecisiete licencias médicas, siendo rechazadas seis licencias. Sin tener conocimiento que el actor había interpuesto recursos de reposición ante la COMPIN por el rechazo de las licencias médicas, procediendo, a contar del mes de diciembre de 2021, a efectuar el correspondiente descuento en la liquidación de sueldo de la remuneración del Sr. Omar Echeverría. Efectuando solo descuento respecto a la licencia N°3-57456568-5, que se materializo en las liquidaciones de diciembre de 2021, enero y marzo de 2022. Sin embargo, a raíz de la presente acción de protección tomaron conocimiento que el recurrente había efectuado las respectivas reposiciones ante la COMPIN (las cuales nunca fueron notificadas a CMDS por parte de dicha entidad) y que en virtud de tales reclamaciones la COMPIN había acogido las licencias médicas rechazadas en su oportunidad. De esta forma, y como medida para reestablecer el imperio del derecho, la Corporación Municipal procedió en la liquidación de sueldo del mes de abril de 2022, a restituir al recurrente la suma de $ 1.604.379. Negando que hayan efectuado descuentos por la suma de $ 3.208.758, lo que se puede comprobar aritméticamente con las liquidaciones de sueldo del mes de diciembre de 2021, enero y marzo de 2022. Concluye que incurrió en un error no forzado atendido a la falta de notificación por parte

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido por Omar Segundo Del Carmen Echeverría Vega en contra de la Corporación Municipal De Desarrollo Social De Antofagasta, representada por su Presidente Ejecutivo y Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, Jonathan Velásquez Ramírez, con fecha 18 de abril de 2022. Regístrese y comuníquese. Rol 2159-2022 (PROTECCIÓN).

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, treinta de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Omar Segundo Del Carmen Echeverría Vega, profesor de Estado, domiciliado en calle Las Casas 951, La Serena, quien deduce recurso de protección, en contra de la Corporación Municipal De Desarrollo Social De Antofagasta, representada por su Presidente Ejecutivo y Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, Jonathan Velásqu

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